Actualizado: Noviembre 2022
Para darse de alta por primera vez en alguna de las bolsas de trabajo del SMS es necesario tener DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve permanente. Con alguno de estos medios electrónicos podrá crearse una cuenta de usuario, con la que se identificará y realizará todos los trámites electrónicos en relación a la bolsa de trabajo.
Una vez creada su cuenta de usuario deberá:
La instancia únicamente deberá presentarse telemáticamente a través de la aplicación informática habilitada al efecto disponible en la pagina web https://sms.carm.es/sms/bolsa o en los enlaces existentes en www.murciasalud.es/bolsa
A todas en las que se desee, siempre que se posea la titulación exigida y cuyo plazo de inscripción se encuentre abierto. Los interesados deberán presentar una instancia para cada una de las bolsas de trabajo en las que quiera inscribirse y abonar la correspondiente tasa, en su caso.
¿En qué bolsas de trabajo se encuentra suspendido el plazo para la presentación de nuevas solicitudes.
El plazo para la presentación de nuevas solicitudes está suspendido en las siguientes bolsas de trabajo ordinarias:
Las titulaciones exigidas para el acceso a categorías/opciones estatutarias se corresponden con las del sistema educativo vigente.
Cuando la titulación exigida para el acceso a una determinada bolsa de trabajo haya cambiado a lo largo de tiempo, en la convocatoria se indica "o equivalente", por ejemplo: Graduado en Educación Secundaria o equivalente.
La equivalencia es el reconocimiento de que un título (o conjunto de estudios superados por la persona interesada) tiene los mismos efectos que otro. (Consulte la página web del Ministerio de Educación para conocer las equivalencias de estudios a efectos laborales).
Haber obtenido la homologación del título extranjero o el reconocimiento de efectos profesionales del citado título por el órgano competente.
El plazo de presentación de instancias, así como el de presentación de nuevos méritos, se mantendrá abierto de forma permanente, si bien, las correspondientes Subcomisiones Técnicas Específicas valorarán anualmente aquellas nuevas instancias o méritos que se hayan presentado hasta el 31 de octubre de cada año, a excepción de las bolsas de Facultativos Sanitarios Especialistas que será hasta el 31 de julio de cada año.
No. Hay dos modalidades de acceso a la bolsa de trabajo:
El personal estatutario fijo del Servicio Murciano de Salud, también podrá acceder por el turno ordinario a todas aquellas bolsas de trabajo para las que posea la titulación exigida
Los aspirantes que deseen causar baja en una bolsa de trabajo del Servicio Murciano de Salud podrán hacerlo mediante la presentación de escrito dirigido a la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Murciano de Salud.
Quienes deseen no estar disponibles para llamamientos en las bolsas de trabajo del Servicio Murciano Salud podrán hacerlo entrando en su perfil en la web de bolsa https://sms.carm.es/sms/bolsa o en los enlaces existentes en www.murciasalud.es/bolsa.
A continuación seleccionar la opción estatutaria de la que quiere estar desactivado y una vez seleccionada pinchar la acción DESACTIVAR EN ESTA BOLSA. Podrá desactivarse para un periodo concreto de tiempo o permanecer desactivada sin fecha fin.
Las modificaciones tendrán eficacia transcurridos 5 días de su solicitud.
Para volver a estar disponibles para llamamientos en las bolsas de trabajo del Servicio Murciano Salud podrá hacerlo entrando en su perfil, en la web de bolsa https://sms.carm.es/sms/bolsa o en los enlaces existentes en www.murciasalud.es/bolsa.
Seleccione la opción en la que quiere volver a activarse e indique en SOLICITUDES DE INACTIVIDAD la fecha hasta la que quiere permanecer no disponible.
La solicitud debe hacerse, al menos, con 5 días de antelación al día que se desee volver a estar disponible para llamamientos en la bolsa de trabajo correspondiente.
Quienes figuren ya inscritos en la bolsa de trabajo del Servicio Murciano Salud podrán modificar sus datos de contacto (teléfono, dirección postal y dirección de correo electrónico) entrando en su perfil en la web de bolsa https://sms.carm.es/sms/bolsa o en los enlaces existentes en www.murciasalud.es/bolsa, sin que sea necesario presentar ningún documento por registro administrativo.
Las modificaciones de los datos de contacto arriba indicados surtirán efectos con carácter inmediato.
En el caso de que desee modificar otros datos personales, deberá solicitarlo presentando por registro administrativo un escrito dirigido a la Dirección General de Recursos Humanos, acompañando copia del documento nacional de identidad.
Exclusivamente los méritos recogidos en el baremo aprobado para cada categoría/opción.
Los baremos de cada una de las categorías/opciones están disponibles en la página www.murciasalud.es/bolsa.
Se valorarán de oficio, sin necesidad de que los interesados aporten ninguna documentación, los siguientes méritos:
Los servicios prestados a tiempo parcial se valoran igual que si se hubiesen prestado a tiempo completo.
Los listados provisionales de admitidos y excluidos en las correspondientes bolsas de trabajo se publicarán en el en la página web www.murciasalud.es/bolsa, anunciándose en el tablón de anuncios del Servicio Murciano de Salud sito en C/ Central, 7-Edf. Habitamia (Murcia), en el Registro de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y Oficina de Atención al Ciudadano, sito en Avd. Infante Juan Manuel, 14 - Murcia.
Los motivos por los que un aspirante puede no aparecer en los citados listados pueden ser, entre otros, los siguientes:
Los aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución por la que se aprueba provisionalmente la lista de admitidos y excluidos, para subsanar el defecto que hubiera motivado su exclusión u omisión.
Para ello, deberán entrar en su perfil en la web de bolsa https://sms.carm.es/sms/bolsa o en los enlaces existentes en www.murciasalud.es/bolsa y pinchar en la acción subsanar motivos de exclusión, adjuntando el documento para la subsanación, en su caso.
Transcurrido el plazo para la subsanación de defectos, el órgano convocante dictará resolución por la que se aprueben los listados definitivos de admitidos y excluidos en las correspondientes bolsas de trabajo, que se publicarán en el en la página web www.murciasalud.es/bolsa, anunciándose en el tablón de anuncios del Servicio Murciano de Salud sito en C/ Central, 7-Edf. Habitamia (Murcia, en el Registro de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y Oficina de Atención al Ciudadano, sito en Avd. Infante Juan Manuel, 14 - Murcia.
Contra la resolución por la que se apruebe el listado definitivo de admitidos y excluidos cabrá interponer recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Salud en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de la publicación de la citada Resolución.
El recurso de alzada podrá presentarse en cualquiera de los registros y oficinas a que se refiere el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los listados provisionales de puntuación se publicarán en el en la página web www.murciasalud.es/bolsa, anunciándose en el tablón de anuncios del Servicio Murciano de Salud sito en C/ Central, 7-Edf. Habitamia (Murcia, en el Registro de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y Oficina de Atención al Ciudadano, sito en Avd. Infante Juan Manuel, 14 - Murcia.
Estos listados reflejan la puntuación de cada aspirante revisado, tras la valoración efectuada por las distintas Subcomisiones Técnicas Específicas de los méritos acreditados hasta el 31 de julio de cada año en las bolsas de las distintas opciones de la categoría de Facultativos Sanitarios Especialistas de Familia, y hasta 31 de octubre de cada año en el resto de las bolsas de trabajo.
En la Resolución definitiva de aspirantes admitidos y excluidos se fijará el número de posición de aquellos aspirantes cuyos méritos van a ser objeto de revisión y valoración por las correspondientes Subcomisiones Técnicas Específicas. En estos casos puede ocurrir que un aspirante aparezca en el listado provisional de puntuación con distinta puntuación que la de su autobaremación. Los motivos pueden ser, entre otros y a modo de ejemplo, los siguientes:
Presentando reclamación ante la Subcomisión Técnica correspondiente de forma telemática. Para ello deberá entrar en su perfil en la web de bolsa https://sms.carm.es/sms/bolsa o en los enlaces existentes en www.murciasalud.es/bolsa y presentar la misma.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución por la que se aprueba la relación de puntuaciones provisionales, para presentar la citada reclamación.
Los listados provisionales de puntuación se publicarán en el en la página web ww.murciasalud.es/bolsa, anunciándose en el tablón de anuncios del Servicio Murciano de Salud sito en C/ Central, 7-Edf. Habitamia (Murcia), en el Registro de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y Oficina de Atención al Ciudadano, sito en Avd. Infante Juan Manuel, 14 - Murcia.
Contra la resolución por la que se aprueban los listados de puntuación definitiva, se podrá interponer recurso de alzada ente el Director Gerente del Servicio Murciano de Salud en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su exposición, conforme a lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El recurso de alzada podrá presentarse electrónicamente a través del programa informático habilitado en la web https://sms.carm.es/sms/bolsa o en los enlaces existentes en www.murciasalud.es/bolsa.
También presentarse, una vez rellenado el formulario del recurso de alzada disponible en la citada página, en cualquiera de los registros y oficinas a que se refiere el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de igualdad de puntuación entre los aspirantes se aplican los siguientes criterios de desempate (Orden de 12 de noviembre de 2002 de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se regula la selección de personal estatutario temporal):
Tras la entrada en vigor del Decreto 293/2019 de 5 de diciembre de 2019 (BORM nº 286 de 12 de diciembre de 2019), los distintos trámites relacionados con la gestión de las bolsas de trabajo en las que los aspirantes se encuentren inscritos deben hacerse a través de la web, www.murciasalud.es/bolsa, y en todo caso, los referidos a las fases de presentación de solicitudes, aportación de datos personales y de documentación acreditativa de requisitos y/o méritos y la autobaremacion.
No. Los méritos aportados con anterioridad a la entrada en vigor del citado Decreto ya figuran en el expediente de la bolsa de trabajo del Servicio Murciano de Salud. Sólo tendrá que aportar la documentación correspondiente a nuevos méritos.