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Consejería de Salud
Servicio Murciano de Salud
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Incluida en el banco de preguntas el . Categorías: Cuidados de Enfermería .
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Existe una revisión más reciente de esta respuesta (21/04/2017)

Health professionals Servicio Murciano de Salud. Consejería de Salud. Región de Murcia

¿Cada cuánto tiempo está recomendado el cambio de catéter periférico?

En un Best Practice (BP) (1) sobre el manejo de los dispositivos intravasculares periféricos (DIP) se hace la recomendación general de que se deben retirar tan pronto como el estado clínico del paciente lo permita (Recomendación IA). En cuanto a las recomendaciones específicas para catéteres venosos periféricos (CVP) recomienda: en los adultos, sustituir los CVP cortos y rotar los puntos de inserción cada 48 horas para minimizar el riesgo de flebitis, y retirar los insertados en situaciones de emergencia, donde podría no haberse seguido estrictamente la técnica aséptica, e insertar un nuevo catéter en un punto diferente en las primeras 24 horas (Recomendación IB); en pacientes pediátricos no hay recomendación para la frecuencia de sustitución de los CVP cortos o para la retirada de los catéteres insertados en situaciones de emergencia, donde podría no haberse seguido estrictamente la técnica aséptica (Asunto sin resolver); no existe recomendación para la frecuencia de sustitución de los catéteres de longitud media (Asunto sin resolver); y retirar los CVP si el paciente desarrolla signos de flebitis (por ejemplo, calor, hipersensibilidad, eritema, cordón venosos palpable) en el punto de inserción (Recomendación IA). Con respecto al cambio del equipo señala que puede conectarse un equipo corto al dispositivo vascular y considerarse como una parte del dispositivo para facilitar la técnica aséptica a la hora de cambiar los dispositivos. Recomienda sustituir el equipo de extensión cuando se reemplace el dispositivo vascular (Categoría II). También reemplazar los equipos no mas frecuentemente que cada 72 horas, a menos que el estado clínico del paciente indique lo contrario (Categoría IA). No existe recomendación para la frecuencia de sustitución de los equipos endovenosos utilizados para infusiones intermitentes (Asunto sin resolver). Por último recomienda reemplazar los equipos utilizados para administrar sangre y productos sanguíneos o emulsiones de lípidos en las 24 horas siguientes al comienzo de la infusión (Categoría IB).

Una Guía de Práctica Clínica (GPC) (2) para el mantenimiento y cuidados de los diversos tipos de dispositivos de acceso vascular indica las siguientes recomendaciones en cuanto al reemplazo rutinario de catéteres: cada vez que se quita el viejo catéter, el nuevo se coloca en otro sitio; se debe realizar el reemplazo de los catéteres periféricos cada 72-96 horas para prevenir flebitis e infecciones relacionadas con los catéteres así como el malestar del paciente, aunque se ha informado que la incidencia de la tromboflebitis y de la colonización bacteriana de los catéteres aumenta cuando estos se dejan en el mismo lugar más de 72 horas, varios estudios no han demostrado ninguna diferencia en las complicaciones de catéter con tiempos mas prolongados. En cuanto al reemplazo rutinario de los sistemas de administración recomienda: sustituirlos cada 96 horas o cuando se cambie el catéter, excepto para los líquidos que facilitan el crecimiento microbiano (sangre, lípidos, nutrición parenteral total (TPN), que se debe cambiar diariamente), esta práctica tiene una recomendación alta, a menos que se sospeche de infección relacionada con el catéter; solo se encontró un estudio que no encontró diferencias entre los sistemas de la administración del intravenoso cambiados en 48 contra 24 horas en términos de la incidencia de la colonización o la septicemia relacionada con los catéteres. Señala que se debe realizar el cambio si aparece contusión, eritema, u otras muestras de irritación o de infección local o si el paciente informa que el sitio de inserción es doloroso.

Una segunda GPC (3) para el cuidado y mantenimiento de los dispositivos de acceso venoso, que tiene el objetivo de reducir el riesgo de complicaciones, entre las consideraciones que hace sobre las intervenciones y la práctica señala que se deben cambiar los dispositivos al menos cada 72 horas.

Referencias (3):

  1. Manejo de los dispositivos intravasculares periféricos. Best Practice Instituto Joanna Briggs. 1998; 2(1):1-6. Actualizado en mayo de 2008 [http://www.evidenciaencuidados.es/BPIS/PDF/2008_12_5_cateteres_perifericos.pdf] [Consulta: 28/05/2010]
  2. Oncology Nursing Society (ONS). Access device guidelines: recommendations for nursing practice and education. 2nd ed. Pittsburgh (PA): Oncology Nursing Society (ONS); 2004. 141 p. [https://www.ons.org/sites/default/files/2017-11/Access%20Device%20Standards%20of%20Practice%20for%20Oncology%20Nursing%20Sample%20Chapter_0.pdf] [Consulta: 28/05/2010]
  3. Care and maintenance to reduce vascular access complications. guideline supplement. Toronto (ON): Registered Nurses Association of Ontario (RNAO); 2008. 7 p [https://rnao.ca/sites/rnao-ca/files/Care_and_Maintenance_to_Reduce_Vascular_Access_Complications.pdf] [Consulta: 28/05/2010]

Estas referencias son del tipo:

  1. Cohortes, casos controles, serie de casos clínicos: 0 referencia
  2. Sumario de evidencia: 0 referencia
  3. Información/ material de ayuda para pacientes: 0 referencia
  4. Capítulo de libro: 0 referencia
  5. Guías de práctica clínica: 2 referencias
  6. Ensayos clínicos: 0 referencia
  7. Metaanálisis y/o revisiones sistemáticas: 1 referencia
  8. Consenso de profesionales: 0 referencia

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Cita recomendada

Banco de Preguntas Preevid. ¿Cada cuánto tiempo está recomendado el cambio de catéter periférico? Murciasalud, 2009. Disponible en http://www.murciasalud.es/preevid/13315

Advertencia sobre la utilización de las respuestas

Las contestaciones a las preguntas formuladas, se elaboran con una finalidad exclusivamente formativa. Lo que se pretende, es contribuir con información al enriquecimiento y actualización del proceso deliberativo de los profesionales de la Medicina y de la Enfermería. Nunca deberán ser usadas como criterio único o fundamental para el establecimiento de un determinado diagnóstico o la adopción de una pauta terapéutica concreta.

De ningún modo se pretende sustituir, avalar o tutelar la responsabilidad del médico. Esta deriva de sus propias decisiones y sólo por él debe ser asumida, no pudiendo ser compartida por quienes sólo le han informado. La Consejería de Salud y el Servicio Murciano de Salud, rechazan a priori toda responsabilidad respecto de cualquier daño o perjuicio que se pueda imputar a la utilización total o parcial de la información aportada y que fue solicitada previamente por el profesional médico o de enfermería.

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