Uso de cookies Cerrar [X]

Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para mejorar la experiencia de navegación del usuario. Las cookies utilizadas no contienen ningún tipo de información de carácter personal. Si continua navegando entendemos que acepta su uso. Dispone de más información acerca de las cookies y cómo impedir su uso en nuestra política de cookies.

Murciasalud >> BVMS >> Preevid
Consejería de Salud
Servicio Murciano de Salud
Compartir:
  • Enviar a Me gusta en Facebook
  • Twittear
  • Whatsapp

Incluida en el banco de preguntas el . Categorías: Neurología .
La información ofrecida puede no estar actualizada (es posible que nuevos estudios o publicaciones modifiquen o maticen la respuesta dada).

Health professionals Servicio Murciano de Salud. Consejería de Salud. Región de Murcia

Tras un accidente cerebrovascular, ¿cuándo se puede viajar en avión? La pregunta original del usuario era "¿Cuánto tiempo hay que esperar para viajar en avión después de un ictus isquémico, de una hemorragia cerebral o de una trombosis de senos venosos cerebrales?"

En una pregunta previa publicada en el Banco de preguntas de Preevid (ver abajo) se aborda el tema planteado y, en base a la información aportada por una guía de práctica clínica y un sumario de evidencia, se concluye que no se debería viajar en avión tras sufrir un accidente cerebrovascular (ACV), hasta que la situación no esté estabilizada (teniendo en cuenta que los documentos consultados reconocía que no se habían localizado estudios que sustentásen dicha recomendación).

La búsqueda realizada en esta ocasión no ha identificado nuevas guías de práctica clínica además de la incluida en la anterior pregunta(1), y en la actualización de sumario de evidencia(2) se indica de forma similar que los pacientes que han sufrido recientemente un ACV u otro evento neurológico agudo deberían esperar un tiempo suficiente para recuperarse y lograr la estabilidad del proceso antes de afrontar el estrés de volar. Haciendo referencia a la guía mencionada(1) se indica que el haber sufrido un ictus en las últimas dos semanas se considera una contraindicación para el transporte aéreo. Sin embargo, se añade que esta indicación se hace sobre la base de la opinión de expertos y no en pruebas explícitas.

En el sumario se sugiere que un período de dos semanas de observación post-accidente cerebrovascular, cuando sea factible, es razonable para evaluar la estabilidad. Viajar antes de ese momento puede ser razonable en pacientes estables, a discreción de su neurólogo.

En una revisión narrativa publicada en 2014(3) se revisan las recomendaciones que aportan las distintas fuentes consultadas en cuanto al viaje en avión en pacientes con ACV no hemorrágico. Se resume que:

  • En base a la “International Air Transport Association”(4) se precisa autorización médica para viajes antes de 4 días tras el evento cerebrovascular; se recomienda escolta enfermera para viajar entre los días 5 y 14 tras el ACV, a menos que se haya producido una recuperación sin complicaciones; y oxígeno suplementario para todos los viajes anteriores a los 14 días tras el ACV.
  • La “British Airways”(5) plantea la necesidad de autorización médica para viajar dentro de los 10 días tras el ACV; aunque menciona la posibilidad de viajar al cabo de 3 días si el paciente está estable o recuperado; en pacientes con insuficiencia de la arteria cerebral, la hipoxia puede conllevar problemas y el uso de oxígeno suplementario puede ser aconsejable.
  • La “World Health Organization”(6) por su parte establece que el viaje aéreo está normalmente contraindicado en los pacientes que ha sufrido recientemente un infarto agudo de miocardio o ACV (un tiempo desde que el evento dependiendo de gravedad de la enfermedad y la duración del viaje) y que la aptitud para el viaje debe decidirse sobre una base individual
  • Se reproducen además las recomendaciones de la guía de práctica clínica utilizada en la respuesta previa(1) según la cual para viajar en avión ha de transcurrir un tiempo suficiente para asegurar la estabilidad de la condición neurológica.

En el documento se trata además de dar respuesta a una serie de preguntas en relación a este tema reconociendo que no se han encontrado recomendaciones basadas en la evidencia ni directrices concluyentes sino que las conclusiones establecidas se basan en los datos extraídos de otros pacientes (pacientes con síndrome coronario agudo reciente) y en conjeturas lógicas.

Respecto a cuándo puede un paciente con un ACV no complicado viajar en un vuelo comercial no urgente, se concluye que  tras un ACV, el candidato ideal para viajar debería haber tenido un curso hospitalario sin complicaciones, ausencia de déficits permanentes y sin riesgo a corto plazo de recurrencia del ACV. En ausencia de otras razones para retrasar el viaje, se sugiere que un paciente con un ACV sin complicaciones puede viajar cuando es dado de alta (es decir, cuando ha entrado en la fase de convalecencia de su enfermedad y están médicamente estables para volver a casa).

Referencias (6):

  1. Aerospace Medical Association Medical Guidelines Task Force. Medical Guidelines for Airline Travel, 2nd ed. Aviat Space Environ Med. 2003 May;74(5 Suppl):A1-19. [http://cdn.cathaypacific.com/content/dam/cx/travel-information/special-assistance/medical-assistance/Medical-Guidelines.pdf] [Consulta: 27/02/2015]
  2. Prout M, Pine JR. Assessment of adult patients for air travel. This topic last updated: Feb 11, 2014. In: UpToDate, Basow, DS (Ed), UpToDate, Waltham, MA, 2015.
  3. Barros A, Duchateau FX, Huff JS, Verner L, O'Connor RE, Brady WJ. Nonurgent commercial air travel after nonhemorrhagic cerebrovascular accident. Air Med J. 2014 May-Jun;33(3):106-8. [DOI 10.1016/j.amj.2014.02.003] [Consulta: 27/02/2015]
  4. International Air Transport Association. Medical manual. Montreal, Quebec; 2013. [http://www.iata.org/whatwedo/safety/health/Documents/medical-manual-2013.pdf] [Consulta: 27/02/2015]
  5. British Airways Health Services. Your Patient and Air Travel: A Guide to Physicians. [http://www.britishairways.com/health/docs/before/airtravel_guide.pdf] [Consulta: 27/02/2015]
  6. World Health Organization. International Travel and Health: Contraindications to Air Travel. [http://www.who.int/ith/mode_of_travel/contraindications/en/] [Consulta: 27/02/2015]

Estas referencias son del tipo:

  1. Consenso de profesionales: 3 referencias
  2. Guías de práctica clínica: 1 referencia
  3. Cohortes, casos controles, serie de casos clínicos: 0 referencia
  4. Información/ material de ayuda para pacientes: 0 referencia
  5. Sumario de evidencia: 1 referencia
  6. Capítulo de libro: 0 referencia
  7. Revisión narrativa: 1 referencia
  8. Metaanálisis y/o revisiones sistemáticas: 0 referencia
  9. Ensayos clínicos: 0 referencia

Más Información

Preguntas relacionadas

Pregunta contestada por

Cita recomendada

Banco de Preguntas Preevid. Tras un accidente cerebrovascular, ¿cuándo se puede viajar en avión? Murciasalud, 2015. Disponible en http://www.murciasalud.es/preevid/20359

Advertencia sobre la utilización de las respuestas

Las contestaciones a las preguntas formuladas, se elaboran con una finalidad exclusivamente formativa. Lo que se pretende, es contribuir con información al enriquecimiento y actualización del proceso deliberativo de los profesionales de la Medicina y de la Enfermería. Nunca deberán ser usadas como criterio único o fundamental para el establecimiento de un determinado diagnóstico o la adopción de una pauta terapéutica concreta.

De ningún modo se pretende sustituir, avalar o tutelar la responsabilidad del médico. Esta deriva de sus propias decisiones y sólo por él debe ser asumida, no pudiendo ser compartida por quienes sólo le han informado. La Consejería de Salud y el Servicio Murciano de Salud, rechazan a priori toda responsabilidad respecto de cualquier daño o perjuicio que se pueda imputar a la utilización total o parcial de la información aportada y que fue solicitada previamente por el profesional médico o de enfermería.

Murciasalud, el portal sanitario de la Región de Murcia

(c) Consejería de Salud de la Región de Murcia

Contacto: Ronda de Levante, 11, 30008, Murcia 5ª Planta

( - )