Saltar menús
Murciasalud, el Portal Sanitario de la Región de Murcia Consejería de Sanidad y Política Social Servicio Murciano de Salud

Avanzada | Mapa web
Acceso con certificado Olvidé la contraseña | Solicitar alta

Banco de preguntas

Compartir:
  • [Su agente de usuario no soporta marcos o está actualmente configurado para no mostrar marcos. Sin embargo, puede visitar el documento relacionado.]
  • Compartir en meneame

¿Qué cobertura de la vacuna antineumocócica conjugada es necesaria alcanzar para que haya impacto en la población(portadores, recambio de serotipos)?.

Atención La información ofrecida puede no estar actualizada. Es posible que nuevos estudios o publicaciones modifiquen o maticen la respuesta dada.

Respuesta

Una revisión reciente de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades de USA (CDC), sobre la situación de la enfermedad invasora neumocócica(EIN) tras 5 años de vacunación(1), comenta que " el nivel de cobertura de vacunación, con la vacuna conjugada neumocócica, necesario para inducir efectos indirectos (como protección colectiva) es desconocido". En esta revisión, de 8 estados de USA, entre los niños nacidos en el 2001, el 68% recibió más de una dosis y el 89% 3 dosis o más. Entre los nacidos en el 2005, el 84% recibió más de una dosis y el 95 % tres o más dosis. A partir del 2002 se observó un incremento de presencia de serotipos no vacunales en EIN.

Una revisión previa de los CDC, realizada en el 2003(2), con una tasa de vacunación -de más de tres dosis- del 68,1% entre niños de 19 a 35 meses en USA, estimó que la vacuna evitó el doble de casos de EIN (en serotipos incluidos en la vacuna), por efectos indirectos (efecto protector en población no vacunada) que los evitados por vacunación directa.

El informe realizado en España por el Grupo de trabajo de la Ponencia de Registro y Programa de Vacunas del Ministerio de Sanidad y Consumo(3), ofrece datos de Navarra, Comunidad Autónoma en la que se ha monitorizado esta información desde el año 2000: "En Navarra la incidencia de EIN en menores de 2 años, ha aumentado de 99,49 casos por 100.000 habitantes en la temporada prevacunal 2000-2001, a 122,32 casos por 100.000 habitantes en la temporada 2004-2005, después de cuatro temporadas con incremento progresivo de la cobertura de vacunación que va desde una cobertura estimada, a partir de dosis administradas, del 45,2% en el año 2003 al 64,8% en el año 2005 para la primera dosis. El aumento de la cobertura vacunal antes citado, se ha visto acompañado de un incremento progresivo de la frecuencia de enfermedad neumocócica invasora en niños previamente vacunados, fundamentalmente causada por serotipos no incluidos en la formulación de la vacuna". En esta Comunidad no se ha observado un efecto protector indirecto entre las personas no vacunadas.

Referencias (3):
  1. CDC. Invasive Pneumococcal Disease in Children 5 Years After Conjugate Vaccine Introduction --- Eight States, 1998--2005 MMRW. February 15, 2008 / 57(06);144-148 [Texto Completo] [Consulta: 22/09/2010]
  2. CDC. Direct and Indirect Effects of Routine Vaccination of Children with 7-Valent Pneumococcal Conjugate Vaccine on Incidence of Invasive Pneumococcal Disease --- United States,1998--2003.MMRW. September 16, 2005 / 54(36);893-897 [Texto Completo] [Consulta: 22/09/2010]
  3. Grupo de trabajo de la Ponencia de Registro y Programa de Vacunas.Enfermedad invasora por Streptococcus Pneumoniae. Implicaciones de la vacunación con la vacuna conjugada heptavalente. Ministerio de Sanidad y Consumo. Abril 2006 [Texto Completo] [Consulta: 22/09/2010]

Estas referencias son del tipo:

  1. Metaanálisis y/o revisiones sistemáticas: 0 referencia
  2. Ensayos clínicos: 0 referencia
  3. Cohortes, casos controles, serie de casos clínicos: 3 referencias
  4. Consenso de profesionales: 0 referencia
  5. Guías de práctica clínica: 0 referencia
  6. Sumario de evidencia: 0 referencia
  7. Información para pacientes: 0 referencia

Advertencia sobre la utilización de las respuestas

Las contestaciones a las preguntas formuladas, se elaboran con una finalidad exclusivamente formativa. Lo que se pretende, es contribuir con información al enriquecimiento y actualización del proceso deliberativo de los profesionales de la Medicina y de la Enfermería. Nunca deberán ser usadas como criterio único o fundamental para el establecimiento de un determinado diagnóstico o la adopción de una pauta terapéutica concreta.

De ningún modo se pretende sustituir, avalar o tutelar la responsabilidad del médico. Esta deriva de sus propias decisiones y sólo por él debe ser asumida, no pudiendo ser compartida por quienes sólo le han informado. La Consejería de Sanidad y el Servicio Murciano de Salud, rechazan a priori toda responsabilidad respecto de cualquier daño o perjuicio que se pueda imputar a la utilización total o parcial de la información aportada y que fue solicitada previamente por el profesional médico o de enfermería.

(c) Consejería de Sanidad y Política Social de la Región de Murcia
Ronda de Levante, 11, 30008, Murcia
Teléfono de información de sanidad: 968 365 900

(W2 - B)