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Consejería de Salud
Servicio Murciano de Salud
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Incluida en el banco de preguntas el . Categorías: Cuidados de Enfermería, Salud de la mujer .
La información ofrecida puede no estar actualizada (es posible que nuevos estudios o publicaciones modifiquen o maticen la respuesta dada).

Health professionals Servicio Murciano de Salud. Consejería de Salud. Región de Murcia

¿Las mujeres con discapacidad física, por alteraciones motoras o propioceptivas, necesitan cuidados especiales en el parto? La pregunta original del usuario era "Mujeres con discapacidad física, alteraciones motoras o propioceptivas, en cuanto al uso de analgesia y posicion en el parto. ¿Necesitan cuidados especiales?"

No se ha encontrado investigación que detalle, en mujeres con discapacidad física (alteraciones motoras o propioceptivas), los cuidados especiales que hay que dar con respecto al uso de la analgesia y posición en el parto. Pero se han encontrado dos Guías de Práctica Clínica (GPC) que hacen recomendaciones generales sobre las intervenciones que se deben ofertar a las mujeres con discapacidad física. Con respecto a los cuidados dirigidos al momento del parto, en general indican la necesidad de evaluar previamente (durante el embarazo) las necesidades que van a tener durante el parto y planificar, junto con la paciente, y teniendo en cuenta las necesidades y preferencias de esta, el plan de atención individualizado que se va a desarrollar durante el parto, por ejemplo en cuanto a tipo de parto y de analgesia.

La GPC(1) para los cuidados a mujeres con algún tipo de discapacidad en las unidades maternales recomienda:

  • Reconocer explícitamente las necesidades y cuidados especiales a las mujeres con discapacidad debe ser la filosofía y política de las unidades de maternidad.
  • Incluir servicios individualizados y que el equipo cuente tanto con comadronas como con apoyo social en el período prenatal y postnatal.
  • Poner a disposición de estas mujeres las mismas opciones de atención, menos que esté contraindicado por una condición médica existente, garantizando que la atención y los servicios sean equitativos.
  • Tomar decisiones informadas: necesitan tanta o más información adecuada, accesible y precisa como las que no tienen ninguna discapacidad.
  • Desarrollar los recursos en colaboración con expertos en discapacidad.
  • Hacer una evaluación inicial de las necesidades de cada mujer y desarrollar planes de atención, en colaboración con ella, que reflejen tanto las mejores prácticas como sus deseos y aspiraciones.
  • Ofrecer la opción de una habitación privada, incluyendo flexibilidad de visita a parejas y familiares.
  • Buscar asesoramiento y orientación de organizaciones y de otras mujeres con discapacidad, cuando los conocimientos y experiencia en el cuidado de estas mujeres sean limitadas.
  • Proporcionar a todo el personal, incluido el personal no médico, formación sobre igualdad en la discapacidad.
  • Informarese de los recursos locales, redes y trabajo para mujeres con discapacidad.
  • Evaluar regularmente la calidad de la atención a la maternidad que se ofrece a estas mujeres en colaboración con las usuarias.
  • Asegurar que la señalización, acceso a la unidad de maternidad, mobiliario, etc. son adecuados y se ajustan a las normas y directrices nacionales.

Otra GPC(2) realiza recomendaciones a matronas y enfermeras sobre embarazo y discapacidad. En cuanto a la discapacidad física, incluye a aquellas personas que tienen un deterioro que afecta a la movilidad (espina bífida, parálisis cerebral, lesión de la médula espinal, amputaciones y problemas ortopédicos, distrófico muscular) y una condición a largo plazo (esclerosis múltiple y la artritis reumatoides). Hace hincapié en la importancia de las barreras físicas y sociales: actitudes, comportamientos inadecuados y falta de conocimiento sobre la discapacidad, e incluye la demostrada por parte del personal sanitario. Señalan que estos tienen la responsabilidad de la salud de todas las personas, independientemente de su capacidad, y están obligados a respetar a estas pacientes como miembros iguales de la sociedad. Las necesidades de estas personas en materia de acceso a la atención médica se deben cumplir, incluso si esto significa que su tratamiento es más favorable que para otros usuarios.

Recomienda que enfermeras y matronas tienen que:

  • Confrontar y cuestionar las opiniones y prejuicios personales;
  • Formarse en diversidad para actualizar sus conocimientos;
  • Tener confianza y capacidad para realizar los ajustes razonables para brindar atención de manera más accesible,
  • Eliminar las barreras que causan discapacidad, teniendo en cuenta los problemas de salud y seguridad;
  • Usar eficazmente los recursos para satisfacer las necesidades mediante las redes creadas y la colaboración con la familia, organizaciones, individuos, grupos de apoyo, equipos multidisciplinarios y la propia mujer, que es la mas experta en sus propias necesidades;
  • Proporcionar cuidados flexibles, creativos, innovadores y que satisfagan las necesidades individuales durante embarazo, parto y postparto. El miedo a lo desconocido es aún más probable y se sienten mas vulnerables que otras madres;
  • Recordar que probablemente se requieran equipos específicos (cama apropiada, cuna, ayudas para la movilidad, o silla de ruedas;
  • Favorecer la libertad de elegir, tras ser consultadas e informadas, de las decisiones que se deben tomar.

Sobre todo las madres primerizas pueden tener inquietudes acerca del proceso real del parto en cuanto a elección de parto (vaginal o cesárea sección), alivio del dolor (incluyendo la disponibilidad de analgesia epidural si es necesario), y recuperación postparto. Es de gran importancia la identificación temprana de sus dudas, inquietudes y preferencias, para eliminar las barreras y apoyar la autonomía.

Los comentarios negativos, paternalistas y discriminatorios, y mirar la discapacidad en lugar de identificar los puntos fuertes de la mujer no favorecen unos buenos cuidados.

En cuanto al parto se recomienda la admisión la noche antes del parto hospitalario planificado, que puede aportar tranquilidad y seguridad; y favorecer la cercanía de la familia.

La GPC detalla cuatro situaciones clínicas de otras tantas mujeres con un tipo de discapacidad diferente. Con respecto a la discapacidad física, describe los cuidados a una mujer con espina bífida que se desplaza en silla de ruedas. Se contactó con dicha paciente en el momento que esta tomó la determinación de un futuro embarazo. Una vez embarazada se decidió, junto con el ginecólogo, el tipo de parto y con el anestesista el alivio del dolor, incluyendo el uso de la epidural, previa información de las opciones disponibles en caso de una cesárea. Incluso se programó una visita previa a la sala de partos y se contactó con una asociación de pacientes con espina bífida.

Referencias (2):

  1. Maternity Care for Disabled Women. Royal College of Midwives. 2008 [http://www.rcm.org.uk/EasysiteWeb/getresource.axd?AssetID=121550&servicetype=Attachment] [Consulta: 15/03/2013]
  2. Pregnancy and disability: RCN guidance for midwives and nurses. Royal College of Nursing. 2007

Estas referencias son del tipo:

  1. Cohortes, casos controles, serie de casos clínicos: 0 referencia
  2. Sumario de evidencia: 0 referencia
  3. Información/ material de ayuda para pacientes: 0 referencia
  4. Capítulo de libro: 0 referencia
  5. Guías de práctica clínica: 2 referencias
  6. Metaanálisis y/o revisiones sistemáticas: 0 referencia
  7. Ensayos clínicos: 0 referencia
  8. Consenso de profesionales: 0 referencia

Más Información

Preguntas relacionadas

Pregunta contestada por

Cita recomendada

Banco de Preguntas Preevid. ¿Las mujeres con discapacidad física, por alteraciones motoras o propioceptivas, necesitan cuidados especiales en el parto? Murciasalud, 2013. Disponible en http://www.murciasalud.es/preevid/19391

Advertencia sobre la utilización de las respuestas

Las contestaciones a las preguntas formuladas, se elaboran con una finalidad exclusivamente formativa. Lo que se pretende, es contribuir con información al enriquecimiento y actualización del proceso deliberativo de los profesionales de la Medicina y de la Enfermería. Nunca deberán ser usadas como criterio único o fundamental para el establecimiento de un determinado diagnóstico o la adopción de una pauta terapéutica concreta.

De ningún modo se pretende sustituir, avalar o tutelar la responsabilidad del médico. Esta deriva de sus propias decisiones y sólo por él debe ser asumida, no pudiendo ser compartida por quienes sólo le han informado. La Consejería de Salud y el Servicio Murciano de Salud, rechazan a priori toda responsabilidad respecto de cualquier daño o perjuicio que se pueda imputar a la utilización total o parcial de la información aportada y que fue solicitada previamente por el profesional médico o de enfermería.

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