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Oposiciones del SMS. Oferta de empleo 2008

Preguntas frecuentes

Fases del procedimiento selectivo: Consolidación de empleo

Pregunta: ¿Cómo se lleva a cabo la admisión de aspirantes?

R. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará en el plazo máximo de un mes la resolución por la que se apruebe la correspondiente lista provisional de admitidos y excluidos y de aquellos que deban efectuar la prueba de conocimiento del idioma castellano.

El anuncio de la resolución será publicado en el "Boletín Oficial de la Región de Murcia". Simultáneamente, será expuesta en los tablones de anuncios de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Murciano de Salud, en la Oficina de Atención al Ciudadano, en la dirección de intranet www.sms.carm.es/somos y en las siguientes direcciones de Internet: www.murciasalud.es/oposicionsms y https://sms.carm.es/oposicionsms.

Contra dicha Resolución se podrá interponer reclamación en un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial de la Región de Murcia" del anuncio de la misma.

Finalizado dicho plazo, el Director Gerente del Servicio Murciano de Salud dictará, en el plazo de un mes desde la finalización del plazo de subsanación de defectos, la resolución definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, a la que se dará la misma publicidad que a la resolución provisional. En ella se determinará la composición del Tribunal, la fecha, hora y lugar de realización del ejercicio y la relación de aspirantes que deban realizar la prueba de conocimiento del idioma castellano.

Pregunta: ¿Cuáles son las fases del procedimiento selectivo?

R. El proceso selectivo constará de las siguientes fases:

  • Fase de oposición.
  • Fase de concurso.

La puntuación que se podrá alcanzar en las fases de oposición y concurso será, respectivamente, del 55% y el 45% de la puntuación máxima.

Pregunta: ¿Cuáles son los requisitos de los candidatos por el turno de consolidación de empleo?

R. Todos los requisitos establecidos en la presente base específica deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  • Poseer la nacionalidad española o la de algún Estado miembro de la Unión Europea. Podrán participar igualmente las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos previstos para los miembros de la Unión Europea. Asimismo podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, los cónyuges de ciudadanos españoles o de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados legalmente, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
  • Estar en posesión del título especificado en la convocatoria o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes.
  • Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.
  • Tener cumplidos 16 años y no haber alcanzado los 65, edad en la que se accede a la jubilación forzosa.
  • No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas, ni en su caso, para la correspondiente profesión.
  • En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en la letra a), no encontrarse inhabilitado, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro de la Unión Europea o Espacio Económico Europeo, ni haber sido separado, por sanción disciplinaria, de alguna de sus Administraciones o Servicios Públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.
  • Asimismo, deberán poseer un conocimiento adecuado del idioma castellano. A tal efecto, deberán indicar en el apartado correspondiente de la solicitud, si poseen un diploma o certificado de conocimiento del idioma español o si han prestado servicios en cualquier Administración Pública española durante al menos un año, a fin de poder determinar si deben realizar una prueba de aptitud, en la que exclusivamente se comprobará si poseen el nivel adecuado de comprensión oral y escrita del castellano. Dicha prueba consistirá en la redacción de un tema de carácter general propuesto en el acto y posterior diálogo con el empleado público que designe la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Murciano de Salud con una duración máxima de una hora para ambas partes. Las Organizaciones Sindicales podrán asistir como observadoras al desarrollo de la prueba, al término de la cual se calificará al aspirante como "Apto" o "No Apto", siendo necesario obtener la calificación de "Apto" para poder realizar el ejercicio de la fase de oposición.
  • Estarán exentos de realizar esta prueba quienes estén en posesión del Diploma de español como lengua extranjera (nivel intermedio), regulado por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por las escuelas oficiales de idiomas.
  • Haber abonado la tasa correspondiente a los derechos de participación en el proceso selectivo.

Pregunta: En la fase de oposición. ¿Cuáles son los programas de materias?

R. La fase de oposición versará sobre el programa de materias específicas aprobados por la Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud.

Pregunta: ¿En qué consiste la fase de oposición para los aspirantes por el turno de consolidación de empleo?

R. El ejercicio consistirá en la contestación de un cuestionario con respuestas alternativas integrado por 125 preguntas, vinculadas al programa publicado por el Servicio Murciano de Salud.

Cada pregunta tendrá tres posibles respuestas, de las cuales sólo una será correcta.

Las respuestas incorrectas penalizarán, de forma tal que por cada cuatro respuestas erróneas se restará una válida.

El ejercicio será valorado de 0 a 55 puntos, siendo necesario para poder superarlo alcanzar 1/3 de la puntuación máxima que se pueda obtener.

Pregunta: En la fase de oposición. ¿Cuál es el procedimiento a seguir?

R. Concluida la fase de oposición, el Tribunal dictará la resolución provisional que contenga la relación de aspirantes que hayan superado la misma y la puntuación obtenida por éstos, la del resto de aspirantes presentados que no hubieran superado el ejercicio y su puntuación y la de los aspirantes admitidos que no hubieran comparecido a su realización. Dicha resolución será expuesta en los Tablones de Anuncios de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Murciano de Salud, en la Oficina de Atención al Ciudadano, en la dirección de intranet www.sms.carm.es/somos y en las siguientes direcciones de Internet: www.murciasalud.es/oposicionsms y https://sms.carm.es/oposicionsms.

Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles para reclamar contra la resolución provisional. Dichas reclamaciones serán resueltas por la resolución definitiva que dictará el Tribunal en el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de reclamaciones, a la que se dará la misma publicidad que a la resolución provisional.

La relación de aspirantes aprobados en la fase de oposición reflejará exclusivamente la calificación obtenida, sin que en ningún caso pueda entenderse que los aspirantes incluidos en la misma han superado las pruebas selectivas, no otorgando derecho alguno respecto de su nombramiento o a la percepción de retribuciones.

Pregunta: En la fase de concurso. ¿Qué méritos son susceptibles de valoración para el turno de consolidación de empleo?

R. Sólo podrán acceder a la fase de concurso, los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición. En la fase de concurso se podrán valorar exclusivamente los méritos que poseyeran los aspirantes en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

La puntuación máxima que se podrá alcanzar en esta fase será de 45 puntos.

Pregunta: En la fase de concurso. ¿Cuál es el procedimiento de valoración de los méritos presentados?

R. Los aspirantes que superen la fase de oposición dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar a partir del siguiente al de la exposición de la resolución definitiva que contenga la relación de aspirantes que hubieran aprobado la misma, para presentar ante la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Murciano de Salud los méritos correspondientes, que se acreditarán por medio de documentos originales o de copias compulsadas de los mismos. Los servicios prestados para la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, incluidos los correspondientes a centros del INSALUD que fueron transferidos a la misma, se valorarán de oficio, sin necesidad por lo tanto, de que los aspirantes presenten documentación justificativa de los mismos.

Serán susceptibles de valoración los méritos que se acrediten, según el baremo de méritos que se acompaña como anexo I.

En el plazo máximo de un mes a contar desde la finalización del periodo de presentación de la documentación correspondiente a la fase de concurso, el Tribunal hará pública en los tablones de anuncios de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Murciano de Salud, en la Oficina de Atención al Ciudadano, en la dirección de intranet www.sms.carm.es/somos y en las siguientes direcciones de Internet: www.murciasalud.es/oposicionsms y https://sms.carm.es/oposicionsms la resolución que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, separando la de cada turno de acceso, con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los méritos.

Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles para reclamar contra dicha resolución provisional.

Finalizado dicho plazo y una vez resueltas las reclamaciones por el tribunal, éste publicará la resolución aprobando la valoración definitiva de los méritos de la fase de concurso, que será expuesta en los lugares previstos para la resolución provisional.

Pregunta: ¿Cuál es la puntuación del concurso-oposición?

R. La puntuación obtenida en la fase de concurso se sumará a la obtenida en la de oposición, resultando de este modo la puntuación total del concurso-oposición.

Pregunta: ¿Cuáles son los criterios de desempate?

R. El empate en la puntuación de los aspirantes, una vez sumadas las valoraciones de ambas fases, se dirimirá atendiendo de forma sucesiva a los siguientes criterios de prelación:

  1. La mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
  2. La mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.
  3. Los servicios prestados para la Administración Pública en la categoría y opción convocada, sin limitación temporal.
  4. Los servicios prestados en la Administración Pública, distintos de los incluidos en el apartado anterior, sin límite temporal.
  5. Sorteo efectuado en sesión pública.