Bajo la dependencia del Director Gerente, como Unidad Administrativa de Coordinación, que tendrá las competencias sobre los servicios generales y comunes de la entidad pública, tales como gestión económica y financiera, gestión de documentación y bases de datos en el ámbito científico-sanitario, contratación en todas sus modalidades contractuales, régimen interior y, en general, cualesquiera otras competencias no atribuidas directamente a los órganos directivos de la entidad.