Participación pública en proyectos normativos
Proyectos normativos en tramitación
Audiencia e información pública: el trámite de audiencia e información pública tiene por objeto recabar la opinión de los ciudadanos y sectores sociales cuyos derechos e intereses legítimos pueden resultar afectados por un proyecto normativo ya redactado, directamente o a través de las organizaciones o asociaciones que los representen.
Proyecto de Decreto, por el que se crea y regula el Registro de Establecimientos
y Empresas Alimentarias de la Región de Murcia, así como los procedimientos
de inscripción de las empresas del sector alimentario
Inicio trámite de audiencia (15 días): a partir del 2 de junio de 2022
(BORM 01/06/2022)
- Objetivos de la norma
- El presente decreto tiene por objeto la creación y regulación
del funcionamiento del Registro de Establecimientos y Empresas Alimentarias
de la Región de Murcia (en adelante, REEARM).
- También tiene por objeto la concreción de los procedimientos
para la inscripción y registro de los establecimientos y empresas
alimentarias en el ámbito de la Región de Murcia, de conformidad
con los requisitos y régimen de inscripción previstos en
el Real Decreto 191/2011, de 18 de
febrero, sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos
- Proyecto de Decreto (pdf)
[Publicado: 01/06/2022]
- Memoria de Análisis de Impacto Normativo
(MAIN) (pdf) [Publicado: 01/06/2022]
Proyecto de Decreto, por el que se regula el procedimiento y condiciones
de acceso a la prestación ortoprotésica de la cartera común suplementaria y
se aprueba y adapta el catálogo de la prestación ortoprotésica del Servicio
Murciano de Salud al nuevo catálogo del Sistema Nacional de Salud.
Inicio trámite de audiencia (15 días): a partir del 10 de junio de 2021
Documentación:
Proyecto de Decreto, el que se regulan las condiciones y requisitos mínimos, de carácter técnico y sanitario, que deben cumplir los establecimientos de óptica en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia Objetivos de la norma.
Este proyecto reglamentario pretende establecer una nueva regulación de las condiciones y requisitos técnicos y sanitarios de los establecimientos de óptica, recogidos ahora mismo en la Orden de 19 de junio de 1992, de la Consejería de Sanidad, con el fin de proceder a una actualización de los medios, condiciones e instalaciones que dichos establecimientos necesitan para prestar un servicio sanitario que sea adecuado al propio de la singular actividad que en ellos se desarrolla y adaptado a las nuevas prácticas y avances científicos que en el campo de la óptica-optometría, han surgido en los últimos años.
Documentación:
Proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 83/1992, de 12 de noviembre, por el que se crea el Consejo Asesor Regional de Drogodependencias
- Objetivos de la norma: la finalidad pretendida sería modificar parcialmente el vigente reglamento regulador del Consejo Asesor Regional de Drogodependencias, como principal órgano colegiado de participación y consulta en materia de drogas, que se contiene en el Decreto 83/1992, de 12 de noviembre y que, posteriormente, fue configurado a su vez por la Ley 6/1997, de 22 de octubre, sobre Drogas.
- Proyecto de Decreto (pdf) [Publicado: 20/03/2020]
- Memoria de Análisis de Impacto Normativo (pdf) [Publicado: 20/03/2020]
Proyecto de Decreto, por el que se modifica el Decreto 435/2009, de 11 de diciembre, por el que se desarrolla la regulación de los servicios de farmacia y los depósitos de medicamentos y productos sanitarios de las estructuras sanitarias de atención primaria de la Región de Murcia y se regula el procedimiento de autorización, así como el Decreto 2/2014, de 24 de enero, por el que se desarrolla la regulación de los servicios de farmacia y depósitos de medicamentos y productos sanitarios de los centros sociosanitarios de la Región de Murcia.
- Objetivos de la norma.
- Supresión de la exigencia de establecer turnos rotatorios, establecidos
en ambos Decretos, y que afectaban al régimen de vinculaciones de los
depósitos de medicamentos y productos sanitarios con oficina de farmacia,
tanto para los centros sanitarios de atención primaria como para los centros
sociosanitarios de titularidad privada, cuya posibilidad estaba prevista
en la Ley 3/1997, de 28 de mayo, de ordenación farmacéutica de la Región
de Murcia. Ello con la finalidad de reducir al máximo los límites a la
libre competencia y de garantizar, a su vez, la adecuada atención farmacéutica
y el respeto a los criterios legales fijados por la legislación básica
y autonómica aplicable.
- Supresión del procedimiento de renovación de la autorización de funcionamiento,
entendido como procedimiento sustantivo que requiere formulación de solicitud
a Instancia de parte, así como tramitación y resolución expresa, siendo
sustituido por un mecanismo de renovación automática o tácita, previa
comunicación del interesado notificando la continuidad de la actividad
y la conformidad y cumplimiento de los requisitos exigibles. Todo ello,
de acuerdo con los principios de simplificación administrativa y reducción
de trámites, consagrados en los textos legales antes mencionados.
- También se ha llevado acabo, de forma paralela, una actualización y
revisión de los aspectos procedimentales del articulado de ambos Decretos
para procurar su adecuación a los criterios generales en materia de procedimiento
administrativo común, fijados en la nueva Ley 39/2015, de 1 de octubre.
- Proyecto de Decreto (pdf)
- Memoria de Análisis de Impacto Normativo
(pdf)
- Dictamen Consejo Jurídico Proyecto
de decreto final mayo 2022.(pdf)
- Main final mayo 2022.(pdf)
- Diligencia de cumplimiento de tramites.(pdf)
Proyecto de Decreto, por el que se modifica el Decreto 41/2003, de 2 de mayo, por el que se regula la publicidad sanitaria en la Región de Murcia