Se prohíbe fumar, aunque se permite habilitar zonas para fumar, en los siguientes espacios o lugares siempre que se cumpla con especificaciones concretas y solo para uso de clientes, internos y residentes:
En los hoteles se podrán reservar hasta un 30% de habitaciones fijas para huéspedes fumadores, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
En los establecimientos penitenciarios, centros psiquiátricos de media y larga estancia y centros residenciales de mayores se permite habilitar zonas separadas, señalizadas y con dispositivos de ventilación independiente para que los residentes (exclusivamente) fumen, además de al aire libre.