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Consejería de Sanidad. 20 octubre 2006

El SMS recurrirá al Tribunal Supremo la última sentencia del TSJ de Murcia sobre pruebas selectivas

  • Los responsables sanitarios quieren tranquilizar a los profesionales que obtuvieron plaza fija en las convocatorias de otras categorías
  • Ante la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia que anula determinadas pruebas selectivas del Servicio Murciano de Salud

El Servicio Murciano de Salud desea aclarar algunos aspectos relativos a la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia contra la resolución del director gerente del Servicio Murciano de Salud de fecha 29 de noviembre de 2002, mediante la cual se convocaba las pruebas selectivas de acceso a la condición de Personal Estatutario Fijo del SMS, en la categoría de Personal de Servicios, opción Ayudante de Servicios, por la impugnación del baremo de méritos de dicha Resolución.

La sentencia en cuestión afecta única y exclusivamente a la categoría de Personal de Servicios, opción Ayudante de Servicios. Al respecto, el SMS va a recurrir ante el Tribunal Supremo este dictamen, ya que entiende que existen sentencias contradictorias del Tribunal Superior de Justicia de Murcia al respecto. En todo caso, el SMS quedará a lo que disponga el Alto Tribunal para la categoría profesional en litigio.

Los hechos se remontan al año 2002 cuando se convocaron pruebas selectivas para diferentes categorías del SMS, al amparo de lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 5/2001 del Personal Estatutario del SMS, que contaba con el dictamen favorablemente del Consejo Jurídico de la Región de Murcia. Este procedimiento es idéntico al seguido por la Administración General del Estado, establecido por la Ley 16/2001, que contemplaba un proceso extraordinario de Consolidación de Empleo del personal de las Instituciones Sanitarias Públicas para minimizar la interinidad de los profesionales de la Sanidad.

Por otro lado, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha ratificado mediante diferentes sentencias la legalidad de las convocatorias realizadas por el SMS para otras muchas categorías, que reproducían el baremo establecido por la citada Ley regional. Esta situación tiene igualmente su amparo en diferentes sentencias del Tribunal Constitucional que analizaron las convocatorias de carácter extraordinario y único, de consolidación de empleo, en las que se ha primado la prestación de servicios del personal que ya los venía prestando para la Administración convocante.

Por último, los responsables del SMS quieren transmitir un mensaje de total tranquilidad a los profesionales que obtuvieron su plaza fija en las convocatorias de otras categorías y tras el proceso selectivo correspondiente. Al tiempo que señalan que, en todo momento, se ha actuado con total transparencia en el proceso llevado a cabo, recordando que esta sentencia sólo afecta a menos de medio centenar de profesionales, de los más de mil que obtuvieron plaza fija a través de diversas convocatorias.