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Convenio de Colaboración para la Prestación de Servicios de Asistencia Sanitaria

Fecha: 29-05-1998
Fuente:

Visto el Convenio de Colaboración entre la Comunidad Autónoma de Murcia, Consejería de Sanidad y Política Social, y la Fundación Hospital de Cieza para la Prestación de Servicios de Asistencia Sanitaria, suscrito por el Consejero de Sanidad y Política Social en fecha 12 de mayo de 1998, de conformidad con la Autorización otorgada a tal efecto por el Consejo de Gobierno en su sesión de fecha 7 de mayo de 1998, y teniendo en cuenta que tanto el objeto del Convenio como las obligaciones establecidas en el mismo, regulan un marco de colaboración que concierne el interés público de esta Consejería de Sanidad y Política Social y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Regional 56/1996, de 24 de julio, sobre tramitación de los Convenios en el ámbito de la Administración Regional, RESUELVO Publicar en el "Boletín Oficial de la Región de Murcia" el texto del Convenio de Colaboración entre la Comunidad Autónoma de Murcia, Consejería de Sanidad y Política Social, y la Fundación Hospital de Cieza para la Prestación de Servicios de Asistencia Sanitaria. Murcia a 12 de mayo de 1998.- El Secretario General de la Consejería de Sanidad y Política Social, José Luis Gil Nicolás. Convenio de Colaboración entre la Comunidad Autónoma de Murcia, Consejería de Sanidad y Política Social, y la Fundación Hospital de Cieza para la Prestación de Servicios de Asistencia Sanitaria En la ciudad de Murcia a doce de mayo de mil novecientos noventa y ocho. REUNIDOS De una parte don Francisco Marqués Fernández, Consejero de Sanidad y Política Social en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, según acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha siete de mayo de mil novecientos noventa y ocho. De otra parte don José Gabriel Ruiz González, Presidente de la Fundación Hospital de Cieza según acuerdo del Patronato de la Fundación en sesión celebrada el veinte de abril de mil novecientos noventa y ocho. Intervienen en función de sus respectivos cargos y en ejercicio de las facultades que a cada uno le están conferidas, con plena capacidad para formalizar el presente Convenio y al efecto, EXPONEN Que la Fundación Hospital de Cieza se encuentra inscrita en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Murcia según Resolución de cinco de febrero de mil novecientos noventa y siete de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia (B.O.R.M. 17 de febrero de 1997), tiene por objeto, de conformidad con el artículo sexto de sus Estatutos, la gestión, sin ánimo de lucro, de la prestación de todo tipo de servicios de asistencia sanitaria y social, dentro de su ámbito de actuación. Que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en atención a los fines de interés general que tiene atribuidos, integra junto con otros entes de titularidad pública, el Patronato de la Fundación y está interesada en colaborar mediante el presente Convenio en la prestación de los servicios que la Fundación realiza a los beneficiarios de la misma, de acuerdo con el artículo noveno de sus Estatutos. Finalmente, la Ley 15/1997, de 25 de abril, que sustituye al Real Decreto-Ley 10/1996, de 17 de junio, habilita nuevas formas de gestión del INSALUD, afectando las formas de gestión establecidas anteriormente en la Ley 14/1986, General de Sanidad, ampliándolas en el ámbito del Sistema Nacional de Salud (artículos 44.º y siguientes) haciendo posible que se pueda llevar a cabo la misma, en cuanto a los centros, servicios y establecimientos sanitarios de protección de la salud o atención sanitaria o socio-sanitaria, directa o indirectamente mediante cualesquiera entidades admitidas en derecho, así como a través de la constitución de consorcios, fundaciones, u otros entes dotados de personalidad jurídica, pudiéndose establecer además acuerdos o convenios con personas y entidades públicas, y fórmulas de gestión integrada o compartida, y ello sin olvidar el amplio marco de funcionamiento que la Ley 4/1994, de 26 de julio, de Salud de la Región de Murcia, concede a la Administración Regional para su organización sanitaria, que posibilita tales formas de gestión y entre ellas la de fundación. Y en virtud de lo expuesto acuerdan suscribir el presente Convenio en base a las siguientes, CLÁUSULAS Primera. Mediante el presente Convenio se fijan los términos de la colaboración de la Consejería de Sanidad y Política Social de la Región de Murcia, a través de la Dirección General de Salud, y de la Fundación Hospital de Cieza para la prestación de los servicios que constituyen su objeto fundacional. Segunda. El presente Convenio tiene por objeto contribuir a los gastos de funcionamiento del Hospital así como a la adquisición de los bienes de equipamiento necesarios para el desenvolvimiento de los servicios prestados por el Hospital de Cieza. Tercera. Las actividades realizadas al amparo de este Convenio se desarrollarán con sujeción a los criterios de planificación y coordinación y a las directrices de carácter general emanadas de la Consejería de Sanidad y Política Social. Cuarta. La Fundación Hospital de Cieza se compromete a: 1) La organización, gestión y ejecución del conjunto de actividades a desarrollar necesarias para la prestación de servicios de asistencia sanitaria y social. 2) Que en cuantas actividades, publicaciones o documentación se realicen en el cumplimiento del fin de este Convenio, quede constancia expresa de la colaboración de la Consejería de Sanidad y Política Social. 3) Remitir a la Consejería de Sanidad y Política Social un informe completo de evaluación de las actividades realizadas anualmente. 4) Poner en marcha los sistemas de información clínicos y de gestión de acuerdo a los criterios definidos por la Dirección General de Salud de la Consejería de Sanidad y Política Social. 5) Someterse a las actuaciones de comprobación que efectúe la Consejería de Sanidad y Política Social con obligación de facilitar cuanta información le sea requerida en el ejercicio de la misma. 6) Comunicar a la Consejería de Sanidad y Política Social la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administración o Entes Públicos o privados, nacionales o internacionales. 7) Mantener, siempre actualizada, una relación de bienes y derechos adquiridos en al que consten aquellos datos que exijan su inclusión en un inventario. 8) Remitir a la Consejería de Sanidad y Política Social copia de todos los contratos laborales suscritos con trabajadores del Hospital de Cieza. 9) Justificar la aplicación de las cantidades percibidas, de conformidad con lo dispuesto en las normas que para las subvenciones públicas establece el artículo 51 de la Ley 3/ 1990, de 5 de abril, de Hacienda de la Región de Murcia, así como el sometimiento a lo dispuesto en dicho artículo y en el artículo 51 bis de esta Ley. Dicha justificación deberá efectuarse como máximo antes del 31 de marzo de 1999, siendo necesario para ello la aportación de los documentos acreditativos de la realización de los gastos debidamente relacionados, con indicación de la referencia donde han sido contabilizados, así como certificación expedida por el órgano competente de la inclusión en el Inventario de la Fundación de los bienes de equipamiento que se adquieran. Quinta. La Consejería de Sanidad y Política Social se compromete a aportar, para el cumplimiento de los fines del presente Convenio a la Fundación Hospital de Cieza, la cantidad de ochenta millones de pesetas para la adquisición de bienes de equipamiento con cargo a la Partida Presupuestaria O98.18.02.412J.785; y de doscientos millones de pesetas con cargo a la Partida Presupuestaria O98.18.02.412J.486 para contribuir a los gastos de funcionamiento del Hospital (gastos corrientes). Esta cantidad de doscientos millones de pesetas podrá ser ampliada en otros doscientos sesenta millones adicionales, de acuerdo con los informes de la Comisión de Seguimiento, hasta una cantidad que no exceda en su conjunto de cuatrocientos sesenta millones de pesetas para contribuir a los gastos de funcionamiento del Hospital. Sexta. Para el seguimiento y evaluación de las actividades contenidas en ese Convenio, así como para la resolución de cuantas controversias puedan suscitarse en la aplicación del mismo, se crea una Comisión de Seguimiento, integrada por dos representantes designados por la Consejería de Sanidad y Política Social y dos representantes designados por la Fundación Hospital de Cieza. Séptima. El presente Convenio tendrá efectos durante el ejercicio económico de mil novecientos noventa y ocho, siendo prorrogable expresamente por años sucesivos previo informe favorable de la Comisión de Seguimiento. Octava. El incumplimiento total o parcial de alguna o algunas de la cláusulas por las partes firmantes constituirá causa suficiente para la resolución del presente Convenio. Igualmente, podrá ser resuelto por mutuo acuerdo de las partes o a solicitud de una de ellas, preavisando con tres meses de antelación. Novena. En caso de resolución del Convenio, los bienes y derechos que hubiesen sido aportados, por cualquier título, por la Consejería de Sanidad y Política Social, o que hubiesen sido adquiridos por la Fundación mediante las cantidades percibidas por este Convenio, se destinarán a la citada Consejería en los términos previstos en el artículo 40 de los Estatutos de la Fundación. Lo dispuesto en el párrafo anterior será asimismo aplicable en caso de liquidación de la Fundación. Décima. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa será la competente para la resolución de cuantas cuestiones litigiosas puedan suscitarse en la interpretación o aplicación del presente Convenio. Y para dejar constancia de la conformidad con el conjunto de los términos acordados, los representantes rubrican y firma el presente documento en Murcia en la fecha indicada. Por la Comunidad Autónoma de Murcia, el Consejero de Sanidad y Política Social, Francisco Marqués Fernández. - Por la Fundación Hospital de Cieza, el Presidente de la Fundación, José Gabriel Ruiz González.

Mañana, a las 12.00 horas

Fecha: 24-02-2000
Fuente: Consejería de Sanidad y Consumo

El consejero de Sanidad y Consumo, Francisco Marqués, acompañado por el director general de Planificación y Ordenación Sanitaria, Domingo Coronado, asistirá mañana, a las 12.00 horas, al acto de colocación de la primera piedra del Centro de Salud de Archena, que se edificará sobre un solar de 3.460 metros cuadrados cedido por el Ayuntamiento en la calle Ronda del Ope (esquina calle Siria). El nuevo centro, que atenderá a una población de 18.853 habitantes (integrados en la Zona de Salud número 62) de los municipios de Archena, Ojós, Ricote, Ulea y Villanueva, cuenta con un presupuesto de la Consejería de Sanidad y Consumo de 369 millones de pesetas, de los que 314 millones se destinarán a su construcción, y el resto al equipamiento. La obra ha sido adjudicada a la empresa A.C.S Proyectos, Obras y Construcciones, S.A con un plazo de ejecución de 18 meses. El inmueble dispondrá de una superficie total construida de 2.243 metros cuadrados y 1.602 metros cuadrados útiles distribuidos en tres plantas que albergarán, además de las zonas de acceso, urgencia, servicio, y apoyo administrativo, nueve consultas de medicina general, tres de pediatría, ocho de enfermería general, dos de enfermería pediátrica, una de odontología, una de atención a la mujer, una de fisioterapeuta, así como una sala de curas, una de técnicas diagnósticas, dieciocho salas de espera generales, cuatro de pediatría y una de atención a la mujer. Entre su equipamiento, se incluye una red informática interna que conectará todas las dependencias entre sí y con otros centros sanitarios. En cada dependencia existirán terminales informáticas desde donde el personal del centro podrá acceder a la historia clínica de cada paciente, imprimir recetas, cumplimentar partes de baja, derivaciones, etc. El sistema permitirá citar pacientes, solicitar pruebas e interconsultas, así como la remisión de informes entre distintos centros sanitarios y profesionales. La plantilla del equipo de Atención Primaria estará formada por once profesionales de medicina general, dos pediatras, trece enfermeros, un auxiliar de enfermería, cuatro auxiliares administrativos, dos celadores, una matrona, un fisioterapeuta y un asistente social. El Servicio Normal de Urgencias (SNU) dispondrá de tres médicos, tres enfermeros y cuatro celadores. Los servicios de medicina general, enfermería y pediatría serán prestados mediante la modalidad de atención a demanda y programada. Entre los diferentes servicios que serán ofertados figuran la educación maternal, preparación al parto, planificación familiar, desarrollo del programa de atención al niño, atención continuada en el servicio Normal de Urgencias, así como recogida, transporte y devolución de resultados de muestras de laboratorio. Los servicios de cita previa y el programa mostrador permitirán la tramitación de prestaciones asistenciales específicas (tarjeta sanitaria, cambio de médico, visado de recetas especiales, transporte sanitario, oxigenoterapia domiciliaria, ortesis, etc).

Marqués pronunció una conferencia sobre la ley del personal estatutario del SMS

Fecha: 30-01-2001
Fuente: Consejería de Sanidad y Consumo de la Región Murci

El consejero de Sanidad y Consumo, Francisco Marqués, pronunció el pasado 29 de enero en Santiago de Compostela una conferencia sobre "La nueva Ley del personal estatutario del Servicio Murciano de Salud", con ocasión del acto de apertura del curso docente de la Fundación Pública Escuela Gallega de Administración Sanitaria (FEGAS) del 2002, que tuvo lugar en el salón de actos de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Galicia, (San Lázaro s/n).

A las 11.00 horas, en la Consejería de Sanidad y Consumo

Fecha: 19-12-2001
Fuente: Consejería de Sanidad y Consumo

El Observatorio Euro de la Región de Murcia, órgano consultivo de seguimiento, control y participación en el proceso de transición e implantación del euro, se reunió el pasado mes de diciembre en el salón de actos de la Consejería de Sanidad y Consumo. Este Observatorio, punto de encuentro entre los consumidores, profesionales del comercio, la hostelería, servicios, artesanía y la Administración regional, analizará las actuaciones realizadas por las direcciones generales de Consumo y de Comercio y Artesanía durante el periodo transitorio sobre el euro.

A las 12.00 horas en el salón de actos de la Consejería

Fecha: 02-01-2002
Fuente: Consejería de Sanidad y Consumo

Mañana (a las 12.00 horas, en el salón de actos de la Consejería de Sanidad y Consumo) tendrá lugar el acto de toma de posesión de los nuevos directores generales de la Consejería de Sanidad y Consumo y del Servicio Murciano de Salud. El acto estará presido por el titular de la Consejería, Francisco Marqués. Por la Consejería, Luis Humberto Navarro Tenedor, director general de Atención al Ciudadano, Coordinación Institucional e Inspección Sanitaria; José María Cerezo Corbalán, director general de Planificación y Financiación Sanitaria y Juan Luis Moreno García, director general de Ordenación y Acreditación Sanitaria. Por el Servicio Murciano de Salud, José López López, director general de Aseguramiento y Calidad Asistencial; Eduardo Garro Gutiérrez, director general de Recursos y Juan Antonio Marqués Espí, director general de Asistencia Sanitaria.

El pasado 5 de Febrero, a las 13.00 horas, en El Palmar (Murcia)

Fecha: 05-02-2002
Fuente: Consejería de Sanidad y Consumo

El consejero de Sanidad y Consumo, Francisco Marqués, inauguró el 5 de febrero el nuevo pabellón administrativo del Hospital Psiquiátrico "Román Alberca" del Palmar (Murcia), cuyas obras han supuesto una inversión de 2.624.895,57 euros (436,7 millones de pesetas) y el equipamiento 55.022,66 euros (9,1 millones de pesetas). El nuevo pabellón administrativo, con una superficie total construida de 2.750,14 metros cuadrados, está conectado con el edificio de Admisión y Centro de Agudos y se compone de planta semisótano y planta baja, con la previsión en la estructura de poder aumentar una planta más si se precisara en un futuro. El edificio se distribuye en dos módulos articulados por el vestíbulo central, donde se sitúa el control. La zona administrativa se desarrolla en la parte oeste, en torno a un patio central cerrado con un muro cortina de vidrio, que permite iluminar los pasillos y zonas de espera. Las funciones de servicios como cafetería, cocina, biblioteca y salón de actos, se ubican en la zona este. En la planta semisótano se sitúan las dependencias de almacén, archivos, vestuarios y garaje de ambulancias.

Nota emitida por las consejerías de sanidad y economía y hacienda

Fecha: 06-02-2002
Fuente: Consejería de Sanidad y Consumo

1. El traspaso de la gestión de la asistencia sanitaria a la Región de Murcia ha sido beneficioso para la Comunidad, incluyéndose en su tenor literal la mayor parte de la sugerencia que los representantes de la Comunidad trasladaron a la Comisión Mixta. 2. El gasto farmacéutico correspondiente al mes de diciembre de 2001 corresponde a la Administración Central del Estado, en virtud del propio acuerdo de traspaso, el cual establece que será esa Administración la que asuma las obligaciones exigibles hasta 31 de diciembre y pendientes de imputar al presupuesto. La exigibilidad del gasto farmacéutico se produce en el momento en el que la receta médica es dispensada por el farmacéutico. 3. El Servicio Murciano de Salud ha hecho efectivo el pago de esta factura por un valor de 18 millones de euros con la finalidad de satisfacer la "confianza legítima" de los administrados en su Administración, iniciando a la vez las actuaciones administrativas oportunas para la reclamación del pago a la Administración Central de forma tan extensa como proceda en Derecho. 4. La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia no está sujeta al período transitorio establecido para el resto de las comunidades autónomas transferidas, al ser capaz de realizar independientemente la gestión económica. En el resto de las comunidades autónomas los pagos se efectúan por el INSALUD a cuenta de la liquidación que se establezca al finalizar el período transitorio. Y sólo a partir de ese momento, si así lo estiman, podrán reclamar el gasto farmacéutico del mes de diciembre, reclamación que la Comunidad Autónoma de Murcia ya ha iniciado. Murcia, 6 de febrero de 2002

A las 12.30 horas, en el Palacio de San Esteban

Fecha: 07-02-2002
Fuente: Consejería de Sanidad y Consumo

El vicepresidente del Gobierno regional, Antonio Gómez Fayrén y el consejero de Sanidad y Consumo, Francisco Marqués, harán entrega esta mañana ( Palacio de San Esteban, 12.30 horas) del V Premio Periodístico sobre Donación y Trasplantes de Órganos que, en las modalidades de Prensa, Radio y Televisión, concede la Consejería de Sanidad y Consumo. En prensa escrita, los periodistas Montserrat Lluis, autora del reportaje titulado "Vivir a Medias", publicado en el diario La Verdad (suplemento del 25 de febrero del 2001) y Juan Alfonso de Celestino, autor del reportaje titulado "Lucha por la Vida", publicado en La Opinión (2l 4 de febrero del 2001), recibirán "ex aequo" el premio dotado con 1.803,04 euros (300 mil pesetas). En la modalidad de radio, se entregará el premio dotado con 1.803,04 euros a Rosa Roda como autora del reportaje sobre "Donación de Órganos y Trasplantes", difundido en Onda Cero (el 21 de noviembre de 2001, de 15.25 a 16.00 horas) y de televisión, dotado asimismo con 1.803,04 euros, a Ramón García del Real por el reportaje "Fibrosis Quística", emitido en Televisión Murciana (el día 18 de noviembre de 2001, a las 21.19 horas).

Marqués visita hoy el centro de bioquímica y genética clínica de murcia

Fecha: 13-02-2002
Fuente: Consejería de Sanidad y Consumo

El consejero de Sanidad y Consumo, Francisco Marqués, visitará hoy (11.00 horas) el Centro de Bioquímica y Genética Clínica de Murcia, ubicado en la planta baja del Pabellón General del Hospital General Universitario "Virgen de la Arrixaca". El Centro tiene por objeto el diagnóstico y prevención de enfermedades genéticas, así como la investigación de dichas enfermedades en los campos de la Genética bioquímica, la Citogenética y la Genética molecular. Para ello, dispone de equipos analíticos apropiados y modernos, muchos de ellos de reciente adquisición, que permiten realizar tareas diagnósticas a un nivel equiparable al de centros similares de España, la Unión Europea y EEUU. La actividad del Centro se estructura en tres programas asistenciales para el estudio de las anomalías cromosómicas, enfermedades hereditarias del metabolismo (metabolopatías) y alteraciones moleculares. El diagnóstico de estas enfermedades se realiza según proceda, prenatalmente o, en la mayoría de los casos, durante el periodo neonatal o infancia y permite tratar de forma inmediata y precoz este tipo de alteraciones.