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Consejería de Salud
Servicio Murciano de Salud
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Incluida en el banco de preguntas el . Categorías: Dermatología .
La información ofrecida puede no estar actualizada (es posible que nuevos estudios o publicaciones modifiquen o maticen la respuesta dada).

Health professionals Servicio Murciano de Salud. Consejería de Salud. Región de Murcia

¿Que tiempo debe pasar entre la suspensión de un fármaco biológico y el inicio de otro, en el tratamiento de la psoriasis? La pregunta original del usuario era "¿Cuál es el tiempo de "lavado" (período sin tratamiento) que debe existir entre cualesquiera dos fármacos biológicos (p.e.: Etanercept e Infliximab, o bien Adalimumab y Ustekinumab), cuando se usan, sucesivamente, en el tratamiento del psoriasis moderado o grave?"

La búsqueda realizada, en sumarios de evidencia, guías de práctica clínica y en bases de datos referenciales, no ha encontrado una recomendación concreta de cuanto tiempo ha de pasar entre la suspensión de un tratamiento con un agente biológico y el inicio de otro, en el tratamiento de un paciente diagnosticado de psoriasis.

En la evaluación de estos fármacos en Drugdex(1-6) se señala que no se debe asociar un modulador de las células T (por ejemplo abatacept) con un factor de necrosis tumoral (como infliximab) y que, en la transición entre ellos, debe vigilarse la aparición de enfermedades infecciosas.

Para evitar solapamiento de los niveles de los fármacos, es importante tener en cuenta la semivida (tiempo que tarda en eliminarse al 50% el nivel plasmático del fármaco, tras una dosis) de los distintos fármacos biológicos empleados en el tratamiento de la psoriasis. De acuerdo con las evaluaciones de  Drugdex(1-6), estos serían:

  • Etanercept:tras inyección subcutánea es de 102 +/- 30 horas (hay descrito un rango de 90 a 300 horas).
  • Abatacept: tras inyecciones intravenosa es de 13 a 14,7 días.
  • Infliximab: tras infusión intravenosa es de 8 a 10 días.
  • Alefacept: tras inyección intravenosa de 7,5 mg., es de 270 horas. Después de un tratamiento semanal de inyecciones intravenosas de 0,005 a 0,075 mg/kg. la semivida es de 37 días.
  • Ustekinumab:tras inyección subcutánea es de 14,9 a a 45,6 días.
  • Adalimumab:tras inyección intravenosa es de 10 a 18 días.

Referencias (6):

  1. Etanercept.DrugDex® Evaluations. Micromedex. (Consultado el 15/03/2010 en www.thomsonhc.com)
  2. Abatacept. DrugDex® Evaluations. Micromedex. (Consultado el 15/03/2010 en www.thomsonhc.com)
  3. Infliximab.DrugDex® Evaluations. Micromedex. (Consultado el 15/03/2010 en www.thomsonhc.com)
  4. Alefacept.DrugDex® Evaluations. Micromedex. (Consultado el 15/03/2010 en www.thomsonhc.com)
  5. Ustekinumab.DrugDex® Evaluations. Micromedex. (Consultado el 15/03/2010 en www.thomsonhc.com)
  6. Adalimumab.DrugDex® Evaluations. Micromedex. (Consultado el 15/03/2010 en www.thomsonhc.com)

Estas referencias son del tipo:

  1. Cohortes, casos controles, serie de casos clínicos: 0 referencia
  2. Sumario de evidencia: 0 referencia
  3. Información/ material de ayuda para pacientes: 0 referencia
  4. Evaluaciones de fármacos: 6 referencias
  5. Capítulo de libro: 0 referencia
  6. Guías de práctica clínica: 0 referencia
  7. Metaanálisis y/o revisiones sistemáticas: 0 referencia
  8. Ensayos clínicos: 0 referencia
  9. Consenso de profesionales: 0 referencia

Más Información

Pregunta contestada por

Cita recomendada

Banco de Preguntas Preevid. ¿Que tiempo debe pasar entre la suspensión de un fármaco biológico y el inicio de otro, en el tratamiento de la psoriasis? Murciasalud, 2010. Disponible en http://www.murciasalud.es/preevid/18168

Advertencia sobre la utilización de las respuestas

Las contestaciones a las preguntas formuladas, se elaboran con una finalidad exclusivamente formativa. Lo que se pretende, es contribuir con información al enriquecimiento y actualización del proceso deliberativo de los profesionales de la Medicina y de la Enfermería. Nunca deberán ser usadas como criterio único o fundamental para el establecimiento de un determinado diagnóstico o la adopción de una pauta terapéutica concreta.

De ningún modo se pretende sustituir, avalar o tutelar la responsabilidad del médico. Esta deriva de sus propias decisiones y sólo por él debe ser asumida, no pudiendo ser compartida por quienes sólo le han informado. La Consejería de Salud y el Servicio Murciano de Salud, rechazan a priori toda responsabilidad respecto de cualquier daño o perjuicio que se pueda imputar a la utilización total o parcial de la información aportada y que fue solicitada previamente por el profesional médico o de enfermería.

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