Información común a todas las convocatorias Título

Información común a todas las convocatorias

Información común a todas las convocatorias Contenido

Pregunta: ¿Quién puede participar en las pruebas selectivas convocadas por el Servicio Murciano de Salud?

R. Para poder participar en las pruebas selectivas convocadas por el Servicio Murciano de Salud, los aspirantes deberán reunir, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos que se indican a continuación y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión:

  • Poseer la nacionalidad española o la de algún Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo u ostentar el derecho a la libre circulación de trabajadores conforme al Tratado de la Comunidad Europea.
  • Poseer el título exigido en la convocatoria para la categoría/opción estatutaria de que se trate o estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes. La información sobre la titulación exigida se puede consultar en el apartado de "Datos de interés" de la página web.
  • Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas que se deriven del correspondiente nombramiento.
  • Tener cumplidos los 16 años, y no haber alcanzado los 65, edad en la que se accede a la jubilación forzosa.
  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.
  • En el caso de los nacionales de los otros Estados mencionados en el párrafo a), no encontrarse inhabilitado, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado Miembro, ni haber sido separado por sanción disciplinaria de alguna de sus Administraciones o Servicios Públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.
  • Haber abonado los derechos de examen, salvo que el aspirante se acoja a las exenciones que se señalan en la base quinta.

Pregunta: ¿Qué plazo hay para presentar la solicitud?

R. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria de la opción correspondiente en el "Boletín Oficial de la Región de Murcia".

Pregunta: ¿Como inscribirse?

  • Entre en la Intranet http://www.sms.carm.es/somos o en las direcciones de Internet oposicionsms y https://sms.carm.es/oposicionsms, en las que está disponible el formulario web para rellenar las instancia.
  • Lea atentamente las instrucciones.
  • Debe rellenar todos los campos obligatorios de la solicitud.
  • Grabe el formulario tras rellenarlo.
  • Imprima la solicitud como "documento definitivo": le servirá como resguardo y, en su caso, para el abono de la tasa en las entidades bancarias habilitadas al efecto.
  • Si procede, pague la tasa indicada en la propia solicitud.

Pregunta: ¿Qué debo hacer si me resulta imposible rellenar la solicitud a través de la página web habilitada al efecto?

R. Si durante el plazo de presentación de solicitudes, no se pudiese rellenar la instancia debido a un fallo en el sistema informático , el Servicio Murciano de Salud habilitará modelos de solicitud que estarán a disposición de los interesados en la Dirección General de Recursos Humanos de dicho organismo (sita en Avda. Ronda de Levante nº 15, 30008 Murcia). Si dicho fallo se produjera el último día del plazo de presentación de solicitudes, también estarán disponibles en los registros de las Gerencias de Área, de Atención Primaria y de Atención Especializada dependientes del Servicio Murciano de Salud.

En este supuesto, la solicitud sí deberá ser presentada por registro administrativo en el Registro del Servicio Murciano de Salud, ubicado en Avda. Ronda de Levante nº 11, y C/. Pinares nº 4 de Murcia, en las Gerencias de Área, de Atención Especializada y Primaria dependientes del mismo, en los registros de las distintas dependencias o centros adscritos a la Administración Regional y en las oficinas y órganos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo establecido.

En particular, tienen la consideración de Gerencias los siguientes centros del Servicio Murciano de Salud:

  • Hospital Universitario "Virgen de la Arrixaca" (Ctra. Madrid- Cartagena, s/n Km 7, El Palmar, Murcia).
  • Hospital General Universitario "Morales Meseguer" (Avda. Marqués de los Vélez, s/n, Murcia).
  • Hospital General Universitario "Reina Sofía" (Avda. Intendente Jorge Palacios, Murcia).
  • Hospital Psiquiátrico "Román Alberca" (Crta. de Mazarrón, s/n, El Palmar, Murcia).
  • Centro Regional de Hemodonación (Avda, Ronda Garay, s/n, Murcia).
  • Gerencia de Atención Primaria de Murcia (C/. Escultor José Sánchez Lozano, 7, Murcia).
  • Gerencia de Emergencias Sanitarias del 061 (C/. Escultor José Sánchez Lozano, 7, Murcia).
  • Hospital "Santa María del Rosell" (Paseo Alfonso XIII, 61, Cartagena).
  • Gerencia de Atención Primaria de Cartagena (C/. Cabrera, s/n, Cartagena).
  • Hospital "Los Arcos" (Paseo de Colón, 54. Santiago de la Ribera, San Javier).
  • Gerencia del Área de Salud de Lorca (Hospital "Rafael Méndez" (Ctra. Nacional 340, km. 589, Lorca).
  • Gerencia del Área de Salud del Noroeste (Hospital Comarcal del Noroeste, Avda. Miguel Espinosa, 1, Caravaca).
  • Gerencia del Área de Salud del Altiplano (Hospital "Virgen del Castillo", Avda. de la Feria, s/n, Yecla).

Pregunta: ¿Qué documentos se deben acompañar a la solicitud?

R. Teniendo en cuenta que al rellenar la solicitud por vía telemática queda constancia de la fecha de su cumplimentación, y que por lo tanto no es preciso entregarla en un registro administrativo , no es necesario presentar documentación alguna.

Sin perjuicio de ello, ha de tener en cuenta lo siguiente:

  • En caso de que no hubiera abonado el importe de la tasa o se hubiera satisfecho la misma en un importe reducido respecto del previsto con carácter general, el Servicio Murciano de Salud podrá solicitar al aspirante que acredite documentalmente que reunía los requisitos necesarios para ello.
  • El Servicio Murciano de Salud requerirá a los extranjeros procedentes de países cuyo idioma oficial no sea el castellano y que hayan manifestado contar con los requisitos para quedar exentos de la prueba de conocimiento de dicho idioma, para que, con anterioridad a la fecha de la celebración del primer ejercicio, aporten el Diploma de español como lengua extranjera (nivel intermedio) o del certificado de aptitud de español para extranjeros expedido por las escuelas oficiales de idiomas o de haber prestado servicios en alguna Administración Pública española durante al menos un año.
  • Con carácter previo al nombramiento, se requerirá a los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo para que aporten la documentación que acredite que reunían los requisitos para poder participar en el mismo.
  • En cualquier caso, el Servicio Murciano de Salud podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes para que justifiquen estar en posesión de los requisitos exigidos para su participación en los procesos selectivos.

Pregunta: Titulación y equivalente.

R. Las Titulaciones exigidas para el acceso a Categorías/opciones estatutarias reflejan las titulaciones según el sistema educativo actual.

Cuando el título exigido ha cambiado a lo largo del tiempo, se indica o equivalente. Por ejemplo: Graduado en Educación Secundaria o equivalente.

La equivalencia es el reconocimiento por el que un título de carácter oficial tiene los mismos efectos académicos y/o profesionales que otro.

Consulte estas páginas del Ministerio de Educación para conocer las equivalencias de estudios a efectos laborales:

Pregunta: ¿Hay que pagar alguna tasa por participar en estas pruebas selectivas? ¿Existe algún motivo de reducción o exención de la tasa? ¿Cómo y dónde se debe abonar dicha tasa?

R. Para poder participar en estas pruebas selectivas, es preciso abonar, dentro del plazo establecido, la tasa correspondiente por actuaciones en materia de función pública regional, cuyo importe se actualiza anualmente.

A su vez, y junto con el importe general, están previstas las siguientes exenciones y bonificaciones:

  • Exenciones: estarán exentos del abono de las tasas los aspirantes que tengan la condición de minusválido, por contar con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, tanto cuando concurran por el sistema de acceso libre como por el de promoción interna.
  • Bonificaciones:
    • Los aspirantes que se encuentren en situación de desempleo en el momento del devengo de la tasa gozarán de una bonificación del 50 por 100 de la cuota.
    • Por su parte, los aspirantes que se hallen en posesión del «Carné Joven» expedido por el órgano competente de la Administración Regional, tendrán una reducción del 20% del importe de la cuota. Esta bonificación no se acumulará con la establecida en el párrafo anterior.
    • Tendrán una bonificación del 50 por 100 de la cuota, los aspirantes que ostenten la condición de personal estatutario fijo del Servicio Murciano de Salud cuando concurran a las pruebas selectivas por el procedimiento de promoción interna.

En caso de que no se abone el importe de la tasa o se hubiera satisfecho la misma en un importe reducido respecto del previsto con carácter general, el Servicio Murciano de Salud podrá solicitar al aspirante que acredite documentalmente que reunía los requisitos necesarios para ello.

Si se detectase falsedad o inexistencia de la documentación necesaria para tener derecho a la exención o reducción de la tasa, los aspirantes serán excluidos del proceso selectivo.

Una vez rellenada la solicitud a través de la web e impreso el "documento definitivo", el abono, en su caso, de la tasa correspondiente, se hará dentro del plazo establecido a través de alguna de las siguientes modalidades de pago:

  • Mediante la presentación de la solicitud y el abono del importe de la tasa correspondiente (salvo en el caso de los minusválidos), en alguna de las siguientes entidades colaboradoras:
    • Banco Santander Central Hispano (BSCH)
    • Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA)
    • CajaMurcia
    • Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM)
  • Por vía telemática a través de los servicios de banca electrónica de las entidades colaboradoras mencionadas. Para ello, se deberá tener contratado previamente este servicio con la entidad, acceder a la página web correspondiente y seguir las instrucciones que ésta indique.
    • Banco Santander Central Hispano (BSCH) (Supernet particulares)
    • Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA Net)
    • CajaMurcia (Intelvía)
    • Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM Directo)

Pregunta: Teniendo en cuenta que no es preciso entregar la instancia en un registro administrativo ¿cuándo se considera cumplido el trámite de presentación de la solicitud para tener derecho a participar en el proceso selectivo?

R. En el caso de aspirantes que estén exentos del pago de la tasa , cuando hubieran grabado la instancia en la web como "documento definitivo" en el plazo fijado al efecto, siendo conveniente con el objeto de poder justificar tal inscripción, imprimir un ejemplar que sirva como resguardo.

Si se debe abonar la tasa , se entenderá cumplido el trámite de presentación de la solicitud una vez que se haya grabado como "documento definitivo" y se abone la tasa en la entidad colaboradora.

En cualquiera de estos dos casos, se entenderá cumplido el trámite con los mismos efectos y garantías que supone la presentación de las solicitudes en un registro administrativo.

Pregunta: ¿Qué ocurre si me equivoco a la hora de rellenar la instancia o quiero modificarla una vez grabada? ¿Qué debo hacer si deseo modificar mi solicitud una vez pagada la tasa?

R. Si el interesado está exento del pago de la tasa , bastará con que grave una nueva instancia, puesto que tratándose de distintas solicitudes para una misma categoría/opción estatutaria, sólo se tendrá en cuenta la grabada en último lugar.

En el supuesto de que deba abonar la tasa y aún no lo hubiera hecho , deberá grabar una nueva instancia y utilizar esta última para el trámite del pago de la tasa, puesto que únicamente se tendrán en cuenta las instancias respecto de las cuales se haya abonado la tasa dentro del plazo.

Si ya ha abonado la tasa, deberá actuar del siguiente modo:

  1. Deberá grabar una nueva instancia en la web con los datos correctos.
  2. Tras ello, deberá pagar la tasa que corresponda a la nueva instancia.
  3. Finalmente, podrá solicitar la devolución de la tasa abonada respecto de la instancia incorrecta. Para ello, podrá descargarse el modelo de devolución de la página web.

Pregunta: ¿Qué aspirantes extranjeros están exentos de realizar la prueba de conocimiento del idioma castellano?

R. Aquellos que reúnan alguno de los siguientes requisitos:

  • Pertenecer a un Estado cuya lengua oficial sea el castellano.
  • Estar en posesión del Diploma de Español como lengua extranjera (nivel intermedio).
  • Poseer el Certificado de Aptitud en Español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas.
  • Haber prestado servicios en cualquier Administración Pública española durante al menos un año.