MurciaSalud
Facturación a terceros
La asistencia que reciban las personas en cualquiera de los centros sanitarios pertenecientes al Área de Salud II motivadas por haber sufrido un accidente en su trabajo, ya sea dentro de su horario laboral, como al ir o regresar de él (in itinere), carecerá de carácter gratuito, debiendo hacerse cargo de los gastos generados la correspondiente Mutua Laboral con la que se tengan concertadas las contingencias profesionales.
Sujetos
Personas que han sufrido accidentes de trabajo o enfermedades profesionales a cargo de las Mutuas de Accidentes de Trabajo, del Instituto Nacional de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina.
Tramitación
- La persona asistida debe de informar a su empresa sobre el accidente que ha sufrido, para que esta, a su vez, lo comunique a la Mutua correspondiente.
- Si se trata de personal del SMS, debe comunicarlo a su superior jerárquico o al Servicio de Riesgos Laborales del Área de Salud II.
- Se procederá a cumplimentar y firmar el formulario correspondiente según el caso, disponible en el apartado "documentos" y se remitirá al Servicio de Facturación a Terceros. Asimismo, se enviará copia del parte de baja laboral, en caso de que la haya precisado. Si no ha precisado baja laboral, le rogamos que nos aporte copia del parte Delta de comunicación de accidentes.
- Si el/la paciente va a necesitar futuras asistencias o la baja laboral, debe dirigirse a su Mutua para acceder a ellas.
- Debe de cumplimentar los apartados "accidente de tráfico" y "accidente laboral" del formulario en el caso de que el accidente se produzca al ir o volver de su trabajo en un vehículo.
- Si pertece al Instituto Social de la Marina (ISM), debe de comunicar el accidente a su superior y debe entregar copia de la baja laboral en la delegación más cercana del ISM, si la ha precisado.
- Si pertenece a ISFAS debe de comunicar el accidente a su superior. Debe de obtener un certificado de su jefe de unidad y aportarlo en la delegación más cercana junto al informe médico que se le haya entregado.
- Si pertenece al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o está realizando prácticas formativas, debe de proceder de la misma forma señalada anteriormente.
Documentos
- Parte de asistencia médica de Atención primaria para facturación(Si es en centro de salud)
- Formulario para facturación a terceros (Si es en hospital)
