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Consejería de Salud
Servicio Murciano de Salud
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Incluida en el banco de preguntas el . Categorías: Gestación, Salud de la mujer, Vacunas .
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Existe una revisión más reciente de esta respuesta (08/01/2020)

Health professionals Servicio Murciano de Salud. Consejería de Salud. Región de Murcia

Vacunación en el postparto de mujer con serología negativa frente a rubeola. La pregunta original del usuario era "En una mujer con titulo negativo contra la rubeola, es susceptible de vacunar. Pero, ¿cuánto tiempo después del parto hay que esperar?"

Son diversos los documentos revisados que establecen la recomendación de vacunar a todo mujer con serología negativa frente a rubeola en el postparto inmediato:

En el documento de consenso del Ministerio de Sanidad respecto a la recomendaciones de vacunación en adultos(1), en relación a la vacuna contra el sarampión, la parotiditis y la rubéola (vacuna triple vírica) establece la necesidad de:

  • "Ofertar y recomendar la administración de una dosis de triple vírica a los adultos no vacunados o sin historia documentada previa de enfermedad y que no tengan contraindicación médica, aprovechando los contactos que realicen con los servicios sanitarios". Concretamente en mujeres "durante las visitas de rutina al ginecólogo, durante la asistencia de rutina a las clínicas de planificación familiar y después del parto o aborto si se constata que es susceptible".
  • "Realizar esfuerzos por vacunar a todos los adolescentes y mujeres procedentes de países en donde esta vacuna tiene un uso limitado; en el caso de mujeres embarazadas, si son susceptibles a rubéola, vacunar inmediatamente después del parto".
  • En el caso de que la mujer reciba en el postparto inmunoglobulina anti-Rh(D) deberá ser vacunada con vacuna triple vírica 3 meses después del parto para asegurar una buena respuesta inmunitaria; si reciben la vacuna después del parto se debe realizar una serología a las 6-8 semanas después de la vacunación para asegurar que ha habido seroconversión.

En la información sobre la vacuna vacuna triple vírica incluida en la Guía de Prescripción Terapéutica de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios(2) encontramos: "La vacuna triple vírica se ofrecerá asimismo a las mujeres puérperas no inmunizadas y seronegativas. La vacunación a los pocos días del parto reviste importancia porque cerca del 60 % de las malformaciones congénitas por rubéola afectan a hijos de mujeres multíparas".

Dos documentos de consenso de los Centers for Disease Control and Prevention de 1998(3) y 2001(4) también mencionan la necesidad de vacunar en el postparto, o tras un aborto, a las mujeres seronegativas, concretándose en uno de ellos(3) que antes del alta del hospital o clínica abortiva. En este mismo documento se establece además que, en el caso de que la mujer haya recibido inmunoglobulina humana anti-Rho(D) u otro producto hemático durante el último trimestre del embarazo o en el parto, no debería retrasarse la vacunación; la mujer debería vacunarse inmediatamente tras el parto aunque se debería verificar al menos 3 meses después su nivel de inmunidad frente a rubeola y sarampión.

También se recomienda la vacuna en el postparto inmediato en el documento de posición de la Organización Mundial de la Salud de 2004(5).

Referencias (5):

  1. Vacunaciones en adultos. Recomendaciones. Grupo de trabajo de vacunación de adultos de la ponencia de programas y registro de vacunaciones. Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Ministerio de Sanidad y Consumo, 2004. [http://www.msps.es/ciudadanos/proteccionSalud/vacunaciones/docs/recoVacunasAdultos.pdf] [Consulta: 15/04/2010]
  2. Guía de Prescripción Terapéutica de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. Productos inmunológicos y vacunas. Vacunas y antisueros: Vacuna contra el sarampión, la parotiditis y la rubéola. (Consultado el 14/04/2010 en www.aemps.es)
  3. Measles, Mumps, and Rubella -- Vaccine Use and Strategies for Elimination of Measles, Rubella, and Congenital Rubella Syndrome and Control of Mumps: Recommendations of the Advisory Committee on Immunization Practices (ACIP). Centers for Disease Control and Prevention, 1998. [http://www.cdc.gov/mmwr/preview/mmwrhtml/00053391.htm] [Consulta: 15/04/2010]
  4. Control and Prevention of Rubella: Evaluation and Management of Suspected Outbreaks, Rubella in Pregnant Women, and Surveillance for Congenital Rubella Syndrome. Centers for Disease Control and Prevention, 2001. [http://www.cdc.gov/mmwr/preview/mmwrhtml/rr5012a1.htm] [Consulta: 15/04/2010]
  5. Field guide for planning and implementing supplemental inmunization activities fro measles and rubella. WHO European Regions Technical Advisory Group of Experts on Immunization. World Health Organization, 2004. [http://www.euro.who.int/Document/e82636.pdf] [Consulta: 15/04/2010]

Estas referencias son del tipo:

  1. Consenso de profesionales: 4 referencias
  2. Cohortes, casos controles, serie de casos clínicos: 0 referencia
  3. Sumario de evidencia: 0 referencia
  4. Información/ material de ayuda para pacientes: 0 referencia
  5. Capítulo de libro: 0 referencia
  6. Guías de práctica clínica: 0 referencia
  7. Revisión narrativa: 1 referencia
  8. Metaanálisis y/o revisiones sistemáticas: 0 referencia
  9. Ensayos clínicos: 0 referencia

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Pregunta contestada por

Cita recomendada

Banco de Preguntas Preevid. Vacunación en el postparto de mujer con serología negativa frente a rubeola. Murciasalud, 2010. Disponible en http://www.murciasalud.es/preevid/18196

Advertencia sobre la utilización de las respuestas

Las contestaciones a las preguntas formuladas, se elaboran con una finalidad exclusivamente formativa. Lo que se pretende, es contribuir con información al enriquecimiento y actualización del proceso deliberativo de los profesionales de la Medicina y de la Enfermería. Nunca deberán ser usadas como criterio único o fundamental para el establecimiento de un determinado diagnóstico o la adopción de una pauta terapéutica concreta.

De ningún modo se pretende sustituir, avalar o tutelar la responsabilidad del médico. Esta deriva de sus propias decisiones y sólo por él debe ser asumida, no pudiendo ser compartida por quienes sólo le han informado. La Consejería de Salud y el Servicio Murciano de Salud, rechazan a priori toda responsabilidad respecto de cualquier daño o perjuicio que se pueda imputar a la utilización total o parcial de la información aportada y que fue solicitada previamente por el profesional médico o de enfermería.

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