TIT_FAQ

Preguntas frecuentes

cuidadanos_FAQ

Si tengo un accidente de tráfico y soy beneficiario de la asistencia de la seguridad social, ¿tengo que pagar algo?

La asistencia sanitaria motivada por accidentes de tráfico es uno de los supuestos en los que la atención recibida no está cubierta por parte de la Seguridad Social, al existir un tercero obligado al pago (entidad aseguradora). Bastará con proporcionar los datos del accidente y de la entidad aseguradora (mediante el formulario correspondiente), y esta última se hará cargo de los gastos.

Si sufro una agresión y soy asistido en un centro de sanitario público, ¿debo realizar algún trámite?

Si va a formular denuncia contra el agresor, debe ponerlo en conocimiento de la Sección de Facturación a Terceros junto a los datos del juzgado, número de diligencias y fecha prevista del juicio. Dicha sección elaborará una factura por los gastos de la asistencia recibida, a su nombre, que deberá aportar en el juicio.

¿Cuándo debo de cumplimentar un compromiso de pago?

Este documento se debe cumplimentar cuando carece de aseguramiento por parte de la Seguridad Social o teniéndolo, existe un tercero obligado al pago. Mediante él, se compromete a hacerse cargo del importe de la factura en caso de no aportar la documentación pertinente o no disponer de ningún seguro (paciente privado), etc.

¿Como procedo si pertenezco a una mutualidad y necesito que me atiendan en un centro público?

Debo de solicitar un compromiso de pago a mi mutualidad y remitirlo a la Sección de Facturación a Terceros. En caso de recibir la asistencia y no aportarlo, debería abonar la factura.

¿Cuánto tiempo tengo para pagar una factura?

Se dispone de un mes para su pago en período voluntario.

¿Qué ocurre si no abono la factura en período voluntario?

Al tratarse de actos de liquidación de precios públicos, pasaría a la vía administrativa de apremio y el organismo autónomo Agencia Tributaria de la Región de Murcia embargaría el importe adeudado.

¿Cómo actúo si sufro un accidente laboral?

En caso de accidente laboral debe de comunicarlo lo antes posible a su empresa, para que esta a su vez lo haga a la correspondiente Mutua. Una vez hecho, remitirá copia del parte de baja o accidente a la Sección de Facturación a Terceros.

Mi hija ha sufrido un accidente en un parque de bolas. ¿está cubierto por la seguridad social?

En este caso hay un Tercero obligado al pago, ya que la empresa debe de tener contratado un seguro por responsabilidad civil que debe de hacerse cargo de los gastos generados. Se debe pedir los datos de la póliza y el parte de accidente, para enviarlos a la Sección de Facturación a Terceros.

Soy extranjero de una país de la unión europea, he recibido asistencia sanitaria y mi tarjeta sanitaria está caducada ¿qué puedo hacer?

Puede solicitar ante el organismo correspondiente de su país un Certificado Provisional Sustitutorio y aportarlo a la Sección de Facturación a Terceros.

Entrenando me he lesionado en mi club deportivo y he necesitado asistencia sanitaria. ¿debo de realizar algo?

En este caso hay un Tercero obligado al pago si la persona está federada, ya que la club debe de tener contratado un seguro que debe de hacerse cargo de los gastos generados. Se debe pedir los datos de la póliza y el parte de accidente deportivo al club, para enviarlos a la Sección de Facturación a Terceros.

A el/la paciente se le indicará que dispone de 10 días si no los puede aportar en el momento de la asistencia.

¿Puedo pagar la factura en efectivo?

Sí, puede desplazarse a la Sección de Facturación a Terceros ubicada en la 2ª Planta del Bloque 4 del Hospital General Universitario de Santa Lucía, en horario de 08:00 a 15:00 horas de lunes a viernes salvo festivos. Puede abonarla en efectivo y con tarjeta de crédito o débito.

 Pertenezco a una compañía asistencial (asisa, adeslas, dkv¿) y me han asistido en un centro perteneciente al complejo hospitalario del área ii del servicio murciano de salud. ¿basta con aportar la tarjeta de mi compañía?

No, la presentación de la tarjeta de la compañía no acredita el derecho. Debe de solicitar un compromiso de pago a su compañía y aportarlo a la Sección de Facturación a Terceros. Si no es así en un plazo de 10 días, la factura se emitirá para su abono a la persona que ha recibido la asistencia.