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Pacientes extranjeros

extranjeros

La asistencia recibida por las personas extranjeras en cualquiera de los centros sanitarios pertenecientes al Área de Salud II, cuando no disponga de aseguramiento por parte de la Seguridad Social en España, carecerá de carácter gratuito.

Sujetos

Pacientes extranjeros/as no residentes de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo, con convenio bilateral, sin convenio con la Unión Europea y pacientes extranjeros irregulares sin recursos.

Tramitación

Pacientes extranjeros pertenecientes a la Unión Europea y al Espacio Económico Europeo:
  • Se procederá a rellenar y firmar el formulario "Compromiso de Pago" o "Parte de asistencia médica de Atención Primaria", según el caso, que se remitirá a la Sección de Facturación a Terceros.
  • Deben de aportar copia de la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE), Certificado Provisional Sustitutorio (CPS) o documento portátil en vigor que acredite su derecho.
  • La tarjeta sanitaria europea acredita el derecho a ser tratado en los centros sanitarios públicos en igualdad de condiciones con los ciudadanos del país que se visita durante estancias temporales, el objetivo es evitar que el paciente tenga que regresar a su país para recibir tratamiento. Sin embargo, la TSE no cubre la atención sanitaria cuando el objetivo del viaje es recibir el tratamiento para una enfermedad o lesión preexistente.
  • Si la tarjeta está caducada se procederá a rellenar el "Compromiso de Pago" o "Parte de asistencia médica de Atención Primaria" y se enviará una copia firmada al Servicio de Facturación. Deberá aportar cuanto antes la TSE en vigor o un Certificado Provisional Sustitutorio.
  • Si la asistencia sanitaria recibida es fruto de un tratamiento previsto, Se procederá a rellenar y firmar el formulario "Compromiso de Pago" o "Parte de asistencia médica de Atención Primaria", según el caso, y se acompañará el documento portátil S2.
    Países sin convenio internacional.
    • Si se presentan contratos o pólizas de seguro, seguros de viaje o tarjetas de mutuas de asistencia sanitarias, esos documentos no sirven para acreditar el derecho a exportar el gasto a un tercero.
    • Se procederá a rellenar y firmar el formulario "Compromiso de Pago" o "Parte de asistencia médica de Atención Primaria", según el caso, que se remitirá a la Sección de Facturación a Terceros. En esos casos, es necesario que aporten una autorización o una garantía de pago. Si no es así, se le realizará una liquidación a el/la paciente, que deberá abonarla y después presentarla a esos seguros o mutuas para su reembolso.
    Extranjeros Irregulares sin recursos
    • Si se trata de un/a paciente extranjero/a irregular sin recursos, se tendrán en cuenta las instrucciones y requisitos fijados por el Servicio de Tarjeta Sanitaria Regional conforme a la legislación vigente, por las que estas personas tengan derecho a la asistencia sanitaria gratuita.
    • En caso, de no cumplir dichos requisitos, se procederá a rellenar el "Compromiso de Pago" o "Parte de asistencia médica de Atención Primaria", según el caso, y se remitirá al Servicio de Facturación junto con algún documento identificativo.
    • En los documentos anexos, en el documento informativo para pacientes irregulares, se detalla cómo deben de proceder para obtener el derecho a asistencia sanitaria.
    Documentos