MurciaSalud
Formación continuada del SMS
El 30 de junio de 2025 se aprobó el Programa Regional de Formación Sanitaria en Reanimación Cardiopulmonar (RCP) - Programa Perséfone Plus, una iniciativa estratégica que refuerza el compromiso del Servicio Murciano de Salud con la seguridad del paciente y la excelencia profesional. Este programa marca un hito en la evolución de la formación en Soporte Vital, al incorporar los últimos avances metodológicos, tecnológicos y pedagógicos para capacitar al personal sanitario en la atención eficaz ante situaciones de parada cardiorrespiratoria.
Perséfone Plus surge como una revisión profunda y ampliada del anterior II Programa Perséfone, integrando simulación clínica de alta fidelidad, formación transversal adaptada a distintos perfiles profesionales y un enfoque centrado en el aprendizaje activo y colaborativo. El programa contempla acciones formativas específicas en atención a adultos, pediatría y neonatología, así como formación especializada para residentes y personal instructor, todo ello alineado con las recomendaciones del Consejo Español de Resucitación Cardiopulmonar y del European Resuscitation Council.
Esta web ofrece a profesionales sanitarios, unidades docentes y ciudadanía interesada toda la información oficial sobre el programa: sus objetivos, estructura, metodología y procedimientos de acreditación. Con Perséfone Plus, el Servicio Murciano de Salud da un paso firme hacia una atención más segura, coordinada y basada en la evidencia ante emergencias vitales.
Díptico resumen Perséfone PLUS
Personal instructor del programa Perséfone PLUS: procedimientos de acreditación y reacreditación
Podrá solicitar la acreditación como Instructor/a del Programa Perséfone Plus el personal en situación de servicio activo del Servicio Murciano de Salud que cumpla los requisitos establecidos en el Anexo II.1 del citado programa. Queda excluido de este procedimiento el personal especialista en formación.
Para mantener dicha condición, cada cinco años se debe solicitar la reacreditación conforme a lo establecido en el Anexo II.2 del programa, salvo un supuesto que se tramita de oficio, en cuyo caso la persona interesada no tiene que presentar ninguna solicitud.
Tanto para obtener la acreditación como la reacreditación (excepto el supuesto que se tramita de oficio), se deberá cumplimentar el correspondiente formulario y presentar la solicitud en sede electrónica, siguiendo para ello las instrucciones que se indican.
- Formularios Acreditación:
- Formularios Reacreditación:
- Instrucciones presentación de solicitud




